La Audiencia Provincial ha condenado a nueve años de prisión a la principal acusada por cinco delitos de prostitución de menores cometidos entre 2018 y 2020 en Almería, y ha absuelto a dos agentes de las policías locales de Adra y Almería acusados de participar en encuentros sexuales concertados con menores a cambio de dinero, al no considerar acreditada su participación en los hechos.
Según recoge la sentencia de la Sección Segunda, consultada por Europa Press, la condenada convenció a principios de 2018 a tres amigas de entre 13 y 14 años y a su hermana, de 15 años, para que «se vieran con hombres en reiteradas ocasiones», en encuentros con prácticas fetichistas y parafilias sexuales como «dejarse chupar los pies» a cambio de dinero.
El fallo también considera víctima al novio de una de las chicas, igualmente menor de edad, ya que uno de los acusados pagó en una ocasión para que ambos mantuvieran relaciones sexuales ante él mientras los observaba en el interior de una furgoneta.
La principal acusada contactaba con los procesados a través de una web de contactos y por 'Skype', concertaba las citas, concretaba el tipo de encuentro y fijaba el dinero que debían percibir.
Los servicios se desarrollaron en viviendas, vehículos, descampados y otros lugares hasta mediados de 2020, cuando fue detenida en el marco de la operación 'Terciaria' a raíz de la denuncia interpuesta por la madre de una de las menores al ver una serie de mensajes en su móvil que revelaban un comportamiento extraño en su hija. Durante la vista oral, la mujer reconoció los hechos e inculpó al resto de los procesados.
El tribunal le ha impuesto nueve años de prisión por los cinco delitos, con cuatro penas de dos años y una de un año, tras aplicarle la atenuante muy cualificada de confesión, frente a los 45 años de cárcel que había solicitado inicialmente la Fiscalía.
La Sala ha considerado determinantes para acreditar los hechos las declaraciones de las víctimas, los testimonios de los agentes de la Guardia Civil que participaron en la investigación, los datos extraídos de los teléfonos intervenidos y la colaboración de la principal acusada, quien detalló los contactos que había concertado.
En cuanto al policía local de Adra, la Audiencia ha considerado probado que una de las menores mantuvo un encuentro sexual con un agente uniformado que la trasladó en un vehículo oficial, pero no ha considerado acreditado que ese policía fuera el acusado.
La sentencia señala que la víctima no pudo identificarlo durante el juicio con la «certeza exigible», llegó a señalar a otro de los procesados y ofreció en la fase de instrucción una descripción física que no coincidía con la del agente, por lo que la Sala ha aplicado el principio 'in dubio pro reo'.
Respecto al policía local de Almería, el tribunal tampoco ha considerado demostrado que fuera el supuesto 'Señor X' con el que la principal acusada contactaba a través de 'Skype' para concertar encuentros con las menores.
La resolución apunta que no se ha podido acreditar que el procesado fuera el titular de dicha cuenta, que las gestiones practicadas durante la investigación no permitieron identificar al usuario y que las declaraciones aportadas resultaron insuficientes para «desvirtuar su presunción de inocencia».
Seis condenados y cuatro absueltos
La sentencia también ha absuelto a otros dos procesados al no considerar acreditado que mantuvieran encuentros sexuales con las menores, por lo que seis de las diez personas enjuiciadas han resultado condenadas.
La condena más elevada asciende a 27 años y dos días de prisión, mientras que al resto de los acusados declarados culpables se les han impuesto penas de 24 y 15 años, dos condenas de nueve años y otra de cinco años y seis meses.
Además, los seis condenados deberán abonar, en conjunto, indemnizaciones que suman 470.000 euros en concepto de responsabilidad civil. La Sala también ha establecido prohibiciones de aproximación y comunicación con las víctimas, periodos de libertad vigilada e inhabilitaciones para ejercer profesiones u oficios que impliquen un contacto regular y directo con menores.
Está señora y los demás acusados son españoles, de allí que el periódico no dice ni mu de la nacionalidad de ellos, pero atentos, SON PERSONAS Que vergüenza , sale gratis escribir artículos donde enseñan como odiar un ser humano, descalificar a una persona por ser del este mismo mundo. Puede que hay personas que vienen , hacen cosas que nos revientan el alma,pero no está bien que un periódico haga esta clase de discriminación,promoviendo el odio y racismo. No entiendo cómo a estas alturas de la vida, con lo que pasa al nuestro alrededor se sigue haciendo estas afirmaciones.