El pasado 3 de febrero se aprobó la controvertida reforma laboral en el Congreso por un solo voto. Aunque finalmente no ha sido una derogación, esta reforma ocasionará unos cambios que afectarán a todo el tejido productivo del país.
Las cooperativas de trabajo, representadas por Coceta, al igual que el resto de las organizaciones de la economía social, están en sintonía con la filosofía que persigue la reforma laboral de generar un empleo estable, de reducir las desigualdades, de eliminar la precariedad y apostar por los jóvenes, que son, en definitiva, retos coincidentes para avanzar en mejorar la vida y los derechos de las personas.
La reforma establecida en el Real Decreto-ley 32/2021 afectará a las cooperativas de trabajo asociado como empresas que son y actúan en el mercado. Pese a ello, en la Mesa del Diálogo Social que ha llevado a cabo la reforma, no se ha contado con todos los agentes afectados. Se ha realizado obviando la existencia de más de un modelo jurídico de empresa y, por tanto, sin analizar, porque tampoco se han realizado consultas con las entidades representativas de estos modelos empresariales -por ejemplo con Coceta- del impacto que pudiera tener.
La reforma nos sitúa en una posición de inseguridad jurídica respecto de cómo aplicarla en las cooperativas de trabajo, sin vulnerar su competitividad, sin alterar su régimen societario coexistente con el laboral.
En las legislaciones cooperativas autonómicas existen unos límites para el número de personas con contrato indefinido, por lo que habrá que analizar qué sucederá si se sobrepasan los límites de la legislación cooperativa al tener que reconvertir los actuales contratos temporales en indefinidos.
Igualmente, en el apartado II relativo a los contratos temporales en las modalidades recogidas por el Real Decreto-ley 32/2021, así como en los contratos fijos discontinuos en los que consideramos que pueden surgir situaciones complejas y problemáticas para las cooperativas de trabajo asociado.
Los sectores como la hostelería, la restauración, la enseñanza y la industria, sin olvidar la construcción, para el que la reforma ha introducido características propias en los contratos y en la subcontratación, es muy posible que solo con los contratos fijos discontinuos no puedan mantener su producción o la prestación de los servicios, y, aunque se quisiera tener personas con contrato indefinido, tampoco se podrá hacer por las limitaciones de las legislaciones cooperativas existentes.
En definitiva, la falta de participación de las cooperativas en el debate previo y durante la realización de la reforma hará necesario hacer ajustes en la legislación cooperativa a nivel estatal y autonómico, para evitar discrepancias con la misma.