El Juzgado de primera Instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial ha ordenado la primera exhumación por la vía civil en el Valle de los Caídos, con el objeto de que los restos mortales de dos fusilados durante la Guerra Civil sean entregados a su nieta y reconocer así su derecho a una «digna sepultura».
En un auto, el juez José Manuel Delgado Seoane admite la petición de Purificación Lapeña respecto a su abuelo y su tío abuelo Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás, fusilados en Calatayud en 1936 y trasladados al Valle de los Caídos, al entender que «el derecho a una sepultura digna está indisolublemente unido a la dignidad propia de todo ser humano, con independencia a la forma en la que falleció».
El magistrado acuerda que se inscriba en un registro público que Manuel Lapeña, fundador de la CNT de Calatayud, desaparecido el 27 de julio de 1936 y con acta de defunción del 14 de agosto de ese año, fue fusilado por las autoridades en el barranco de La Bartolina y enterrado en una fosa común, «sin que conste juicio con condena a pena de muerte conforme legislación vigente en el momento de los hechos, con carácter legítimo».
Y que su hermano Antonio Ramiro, tras ocultarse de las autoridades, se entregó en octubre de 1936, y fue fusilado el 20 de octubre de 1936 en la tapia del cementerio municipal de Calatayud, enterrándose sus restos en una fosa común, sin que tampoco conste juicio con condena a pena de muerte conforme legislación vigente en el momento de los hechos.
El juez considera que existe una «alta probabilidad» de que los restos cadavéricos se encuentren en los columbarios comprendidos entre el 2061 y 2069 de la cripta principal, por lo que entiende que la «única forma de acreditarlo» es a través de la prueba de ADN. El magistrado ha tenido en cuenta la imposibilidad legal de acudir a la vía penal y el hecho de que la Fiscalía no se haya opuesto a la medida.
Pruebas de ADN
La Fiscalía no mostró su disconformidad, pero sí solicitó tener en cuenta las «dificultades» y la «insuficiencia de datos» que permitan constatar con «certeza» el lugar de enterramiento de las víctimas, puesto que los 81 cuerpos trasladados desde Calatayud eran de individuos desconocidos.
En cambio, el juez considera «verosímil» el testimonio de la familia, descarta que estén en la ciudad aragonesa y señala que «solo se procederá a la entrega de restos cadavéricos una vez identificados por medio de la prueba de los indicadores del ADN».
El auto, que es firme, valora el criterio del Tribunal Supremo, la Organización de Naciones Unidas (ONU) y la jurisdicción civil para defender que los familiares de las víctimas tienen derecho a pedir su identificación, regularizar su situación y darles una digna sepultura, lo que supone la entrega de los restos cadavéricos.
El abogado de Purificación Lapeña, Eduardo Ranz, ha explicado que «en el Valle de los Caídos constan más de 33.000 cuerpos y hasta hoy había dos identificados y uno de ellos apodado 'el ausente'. Desde hoy son cuatro, José Antonio Primo de Rivera, Francisco Franco y Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás».
Purificación Lapeña, que agotó la vía penal, explicaba en su demanda que su abuelo, Manuel Lapeña era veterinario y su tío abuelo, Antonio-Ramiro Lapeña, era herrero cuando desaparecieron en 1936. Fueron fundadores de la CNT en la localidad zaragozana de Villarroya de la Sierra y tras
Tras ser ejecutados aquel año, los restos mortales de sus familiares fueron trasladados al Valle de los Caídos por orden del Ministerio de Gobernación en 1959. La demandante pidió que se constatara la muerte violenta y se procediera a identificarlos y entregarlos a la familia para que los puedan enterrar donde deseen.