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La CNMC recurre el decreto de chárter náutico de Baleares por restricciones a la competencia

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impugna varios artículos de la norma tras el rechazo del Govern a modificar las medidas cuestionadas

La CNMC requirió en octubre al Govern que modificara o eliminara los artículos más problemáticos del decreto para evitar la impugnación | Foto: R.I.

| Madrid |

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra diversos preceptos del decreto que regula el chárter náutico aprobado por el Govern balear en julio del año pasado. El organismo considera que la normativa introduce restricciones injustificadas que pueden perjudicar la competencia en el sector náutico de las Islas Baleares.

Antes de acudir a la vía judicial, en octubre la CNMC requirió al Ejecutivo autonómico que modificara o eliminara los artículos más problemáticos del decreto para evitar la impugnación. Sin embargo, el Govern rechazó las propuestas planteadas el 28 de noviembre del año pasado, según ha informado la Comisión este jueves en un comunicado.

Aunque la CNMC no cuestiona el objetivo del decreto de garantizar un desarrollo responsable y sostenible del chárter náutico, sí considera que algunos artículos pueden expulsar del mercado a numerosos operadores, frenar la entrada de nuevos competidores y reducir la variedad y calidad de los servicios ofrecidos a los usuarios.

Prohibición del alquiler parcial de embarcaciones

Entre las restricciones impugnadas destaca la prohibición del alquiler parcial de barcos y la venta de plazas individuales. Según argumenta el organismo regulador, esta medida elimina un modelo de negocio habitual en el litoral español y restringe la libertad empresarial, sin basarse en razones de seguridad marítima o protección medioambiental.

Además, la CNMC advierte que esta prohibición podría incrementar la presión sobre el medio marino, al dispersar la demanda y aumentar el número de embarcaciones en circulación, efecto contrario al pretendido por la norma.

Discriminación a escuelas náuticas extranjeras

El recurso también incluye la diferencia de trato entre escuelas náuticas que establece el decreto. La normativa exime de su cumplimiento a las escuelas autorizadas en territorio español, pero no contempla la misma excepción para centros extranjeros.

Esta distinción supone, según la CNMC, una discriminación contraria a los principios de libre prestación de servicios y no discriminación recogidos en la normativa nacional y europea.

Restricciones a embarcaciones de bandera extranjera

Otro de los puntos impugnados es que la norma solo permite operar con embarcaciones de bandera española o comunitaria. Para las embarcaciones de terceros países de más de 14 metros de eslora, exige una «dispensa de bandera» que la normativa nacional no contempla desde 2020.

El operador debe acreditar que no existen embarcaciones equivalentes disponibles en la Unión Europea, lo que supone una barrera «casi insalvable» para incorporar barcos extranjeros al chárter náutico en Baleares, según el organismo.

La CNMC considera que esta exigencia restringe la oferta, reduce la variedad y calidad del servicio, y puede elevar los precios. Además, sostiene que no aporta beneficios adicionales en términos de seguridad o medio ambiente, ya garantizados por la normativa estatal.

Veto al cambio temporal de uso

Finalmente, el recurso impugna la prohibición de operar a embarcaciones con cambio temporal de uso privado. La CNMC señala que, según la normativa nacional, los barcos pueden realizar este cambio temporal de uso si cumplen ciertos requisitos de seguridad.

Para el organismo regulador, esta medida limita la capacidad de respuesta a la demanda estacional y afecta negativamente a la competencia y a los consumidores del sector náutico balear.

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