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Cambios (in) trascendentes

El equipo de gobierno y los ecologistas discrepan sobre el alcance de las modificaciones incluidas en la Norma Territorial Cautelar

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La Norma Territorial Cautelar (NTC) que hoy se aprobará definitivamente ha sufrido algunos cambios con respecto a la redacción inicial, aunque no para todos los sectores dichas modificaciones tienen la misma importancia. Mientras que para el Pacte Progressista lo único que se ha hecho ha sido mejorar la redacción del texto y aclarar puntos un tanto oscuros, para los grupos y partidos ecologistas se ha rebajado el contenido proteccionista.

La NTC sigue siendo la misma en lo básico: están afectados por ella los suelos urbanos y urbanizables de zonas delimitadas por el Plan de Ordenación de la Oferta Turística (POOT) y la línea de costa de 500 metros, pero sólo en el caso de la isla de Eivissa. El desarrollo del suelo urbano está condicionado a que esté finalizada la urbanización, mientras que el suelo urbanizable queda suspendido salvo que en el momento de aprobación inicial de la norma tuvieran las infraestructuras ya finalizadas. Por lo que se refiere al suelo rústico, la eficacia de las licencias anteriores al año 1990 también quedan suspendida.

Si se comparan el texto inicial y el definitivo llama la atención el párrafo que ha sido incluido en el artículo segundo y que establece que, la necesidad de tener la urbanización hecha en suelo urbano «no será de aplicación en las obras de edificación que se realicen al amparo de licencias otorgadas con anterioridad a la aprobación inicial de esta norma, las cuales podrán ejecutarse en los términos autorizados».

Otro de los cambios que ha llamado la atención de los sectores que solicitan más protección es el incorporado al artículo tres, relativo al suelo urbanizable. El equipo de gobierno ha especificado aquí lo que se entiende por obras de urbanización pendientes de ser completadas y es esa puntualización la que permitirá a determinadas construcciones poder seguir adelante o, por contra, tener que parar los trabajos. El Consell dejará que las obras sigan adelante cuando «únicamente» falte un servicio o elemento de urbanización de los incluidos en un listado que también ha fijado la institución o (y este otro condicionante es el que no entiende el sector ecologista) cuando «las obras de urbanización hayan llegado a un grado mínimo de ejecución del 75 por ciento en el conjunto del sector». La pregunta para muchos es ¿quién va a decidir que se ha llegado a dicho porcentaje?

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