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Miles de participaciones de Lotería de Navidad con donativo son ilegales

A pesar de que son habituales, sólo se pueden fraccionar décimos con recargo con fines benéficos

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Miles de participaciones de Lotería de Navidad que se ponen a la venta estos días en todo tipo de establecimientos de Eivissa y para todo tipo de fines que añaden una cantidad adicional o un donativo son completamente ilegales. Tres órdenes del Ministerio de Economía y Hacienda facultan al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado y las Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda a autorizar sólo «a las instituciones o entidades de carácter benéfico o de pública utilidad», el fraccionamiento de billetes de los sorteos de la Lotería Nacional mediante la emisión de participaciones con sobreprecio de hasta un 20 por ciento de su valor.

Esto significa que si un ciudadano compra una fracción a una entidad que no sea sin ánimo de lucro o que si el valor del donativo o sobreprecio de hasta un 20 por ciento de su valor está adquiriendo una fracción ilegal. Las autorizaciones para vender fracciones han de solicitarse al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado cuando los peticionarios sean entidades o asociaciones de ámbito nacional o radiquen en la provincia de Madrid y a las respectivas Delegaciones Provinciales de Economía y Hacienda en los restantes casos.

A este requisito, que pocos cumplen, hay que sumar que la instancia debe ir acompañada con una declaración de la aplicación que se ha de dar a los beneficios que se obtengan y una copia de la orden ministerial que haya declarado benéfica o de pública utilidad a la institución solicitante o, en su defecto, un certificado expedido por la autoridad jerárquica correspondiente que acredite que la entidad reúne tales circunstancias. Hay más requisitos incluso. Entre ellos que el importe total a fraccionar no sea inferior a 50.000 pesetas y que se especifique la Administración donde van a retirar los billetes.

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