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Las viviendas vacionales pasarán un plan de modernización para ser legales

El anteproyecto de ley fija un aval de 90.000 euros por cada una de las casas que comercialice el empresario

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Las viviendas vacacionales que ya operan en la actualidad en Balears, unas 700 legales, según las estimaciones del Govern, deberán someterse a un estricto plan de modernización para quedar inscritas en el registro de la Conselleria de Turisme. Es una de las condiciones que establece el anteproyecto de ley de viviendas vacacionales, al que ha tenido acceso este periódico. El documento recoge además una serie de condiciones que deben cumplir de forma indispensable las viviendas para conseguir la autorización de Turisme.

Según se fija en el texto, para quedar inscritas en este registro que creará Turisme, el empresario turístico que comercialice la vivienda deberá depositar un aval en la Conselleria que va de 90.000 a 350.000 euros en función del número de viviendas de este tipo que quiera comercializar.

El texto legal establece un amplio apartado de derechos y obligaciones del empresario turístico, así como del usuario de las viviendas. También fija la obligación de que los touroperadores contraten exclusivamente con las empresas turísticas que cumplan los requisitos marcados por la ley.

Por lo que respecta a la clasificación de las viviendas, la ley fija tres categorías. El distintivo «5Q» se concederá a las viviendas consideradas de lujo; el «4Q» corresponderá a las viviendas consideradas de primera categoría, mientras que el «3Q» será para el resto de viviendas. La Conselleria de Turisme o el Consell Insular que tenga las competencias serán los encargados de otorgar estos distintivos.

Para conseguir la legalización de las viviendas, deberá cumplirse un complicado proceso administrativo que comienza con la autorización turística previa antes de la licencia municipal.

«Será preceptiva la calificación urbanística de los terrenos para el cambio de uso, de residencial a turístico, para las viviendas unifamiliares destinadas al desarrollo de actividades y usos que tengan por objeto la actividad de viviendas turísticas de vacaciones», señala la ley. Es decir, que si una vivienda ya existente se encuentra en suelo residencial, será preciso cambiar la calificación del terreno para que pase a turístico. El anteproyecto de ley fija el procedimiento administrativo que debe seguirse para esta recalificación.

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