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Otra sentencia ratifica que construir en la cota 200 está «ultra prohibido»

La construcción ilegal de una vivienda en el parque natural de ses Salines coincide con el caso Cretu

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El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha dictado sentencia firme en contra de la legalización de una vivienda unifamiliar en Puig des Corb Marí, en el parque natural de ses Salines, construida al amparo de una licencia concedida por el Ayuntamiento de Sant Josep en una Àrea Natural de Especial Interés (Anei) por encima de la cota 200 metros.

Este caso es idéntico al de la mansión del músico Michel Cretu, en Santa Agnès, que tiene orden de demolición por el Tribunal Superior de Justicia por haberse construido por encima de los 200 metros en una zona de máxima protección natural. La última sentencia, referente a una vivienda unifamiliar es Puig des Corb Marí (Sa Cova) argumenta que, aparte de incumplir las propias Normas Subsidiaras del Ayuntamiento de Sant Josep (parámetros de altura), se construyó sobre la cota 200 en una Anei, lo cual está «ultra prohibido».

Hace unas semanas este periódico se hizo eco de otra sentencia similar, que ratificaba la imposibilidad de construir por encima de los 200 metros. Se trata de otra vivienda unifamiliar aislada en Cala Vadella, construida también al amparo de la licencia concedida por el Ayuntamiento de Sant Josep.

En el caso de la casa de Cretu, la CIU sí informó favorablemente a la concesión de la licencia, a pesar de que el inmueble corona una cima de 227 metros. Precisamente, el Ayuntamiento de Sant Antoni justifica el permiso dado al amparo de este informe. La primera sentencia, que resuelve que la mansión del músico rumano debe echarse abajo, considera que «un informe favorable [de la CIU] no determina la automática concesión de la licencia».

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