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Iberia, sancionada con 36.000 por eludir su responsabilidad ante las cancelaciones

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La Dirección de Consumo y Seguridad Industrial del Gobierno Vasco ha sancionado con 36.000 euros a Iberia por su actuación en dos casos de cancelación de vuelos y otro de retraso de equipaje.

El Gobierno Vasco ha informado que, tras comprobar que la compañía había eludido su responsabilidad por los perjuicios causados en dichos casos, ha considerado que la aerolínea ha cometido tres infracciones graves en relación a la compensación y asistencia a pasajeros en situaciones de cancelación de vuelo y retraso de equipaje.

En el primero de los casos, dos personas reclamaron a Iberia una indemnización por los perjuicios causados tras la anulación de un vuelo entre Madrid y Vitoria que les fue anunciada veinte minutos después de la hora prevista para la salida del avión. Tras aceptar un transporte alternativo vía Bilbao, la llegada al destino se produjo con un retraso de cuatro horas, situación que es motivo de indemnización. En sus alegaciones, la compañía sostiene que se informó de la cancelación antes de la hora de salida del vuelo, dato sobre el que no aportó prueba alguna, y que ésta se produjo por una circunstancia extraordinaria. Tras consultar este hecho con AENA, se ha comprobado que la cancelación se produjo por una avería del avión.

Recuerda el ejecutivo de Vitoria que todos estos hechos suponen graves incumplimientos de la normativa por lo que ha decidido sancionar a Iberia con 9.000 euros por una infracción grave en relación a su obligación de compensar ante servicios deficientes y otros 9.000 euros por información falsa.

Otro caso hace referencia a la reclamación presentada por una familia a la que se comunicó al llegar al aeropuerto que su vuelo desde Vitoria a Eivissa no existía. Durante la tramitación del correspondiente expediente, la compañía alegó una cancelación por circunstancias extraordinarias. Según Consumo, la conducta «dolosa de la aerolínea se circunscribe a la venta de billetes para vuelos no programados, como pone en evidencia la primera explicación dada sobre la inexistencia del vuelo y la incapacidad para acreditar los motivos de la cancelación». El tercer expediente resuelto contempla otra sanción de 9.000 euros por la negativa de Iberia a indemnizar a una pasajera cuyo equipaje sufrió un retraso de cinco días.

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