El Tribunal Superior de Justícia de Balears (TSJB) ha confirmado que el Ayuntamiento de Santa Eulària hizo lo correcto al clasificar unos terrenos de Roca Llisa como suelo rústico protegido en sus Normas Subsidiarias (NNSS).
Todo viene a raíz de un recurso presentado por las promotoras Bel Air Country Club y Roca Llisa Village Development contra el Consell y el Ayuntamiento de Santa Eulària. Se quejaban de que se había clasificado como suelo rústico sus parcelas, cuando en las normativas municipales anteriores eran suelo urbanizable.
Sobre estos terrenos hubo una gran polémica hace años, ya que el Govern del Pacte, a través de la ley 4/2008, los convirtió en suelo rústico protegido ANEI.
Ahora el tribunal dice que al Ayuntamiento «no le quedaba otra solución» que aplicar la ley, es decir, clasificarlos como suelo rústico atendiendo a la normativa balear.
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