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Alumnos que quieran estudiar en castellano y no haya oferta pública podrán pedir plaza privada a partir de hoy

| Madrid |

Los padres o tutores de los alumnos de comunidades autónomas con lengua cooficial que quieran estudiar en castellano y no cuenten con plazas públicas disponibles el próximo curso 2014-2015 podrán iniciar los trámites para solicitar una plaza en un centro escolar privado a partir de este jueves al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que retendrá o deducirá este coste a la administración educativa correspondiente.

Así lo establece el Real Decreto, publicado este miércoles en el BOE, y aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 11 de julio, por el que se regulan los procedimientos administrativos relativos al reconocimiento de la compensación de los costes de escolarización previstos en la Disposición adicional 38ª de la Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE), 'Lengua castellana, lenguas cooficiales y lenguas que gocen de protección legal'.

Esta disposición exige a las administraciones educativas autonómicas con lengua cooficial a garantizar el derecho del alumnado a recibir las enseñanzas en ambas lenguas oficiales, de manera que la asignatura de Lengua Castellana y Literatura, como de Lengua Cooficial y Literatura deban impartirse en las lenguas correspondientes. En Cataluña, varias familias han denunciado que este derecho constitucional no se está garantizando.

Si la programación anual de la administración educativa competente no ofrece una oferta alternativa de enseñanza con fondos públicos en que se utilice el castellano como lengua vehicular «en una proporción razonable», el Ministerio de Educación, previa comprobación de esta situación, asumirá íntegramente los gastos de escolarización del alumnado en centros privados que cuenten con esta oferta en castellano, por cuenta de la comunidad autónoma correspondiente.

NO VALE LA ATENCION INDIVIDUALIZADA EN CASTELLANO

El decreto indica que esta obligación financiera del ministerio que dirige José Ignacio Wert tiene carácter «excepcional» y se extinguirá en el momento en que la administración educativa adopte las medidas «adecuadas» para garantizar los derechos lingüísticos de los alumnos, de las que excluye «la atención individualizada en castellano o la separación en grupos dentro de cada clase por razón de la lengua habitual», como se ha estado haciendo en algunos casos.

Se tienen que dar «conjuntamente» las siguientes circunstancias para solicitar el pago de la plaza en un centro privado: que el alumno tenga que escolarizarse en una comunidad con lengua cooficial; que la comunidad no provea de oferta pública en la que se utilice el castellano como lengua vehicular; que el alumno, padres o tutores lo hayan solicitado y no les hayan atendido; que curse educación básica en un colegio privado que imparta enseñanza en castellano en una proporción razonable con la cooficial.

Si se dan estas condiciones, los padres o tutores de los estudiantes podrán rellenar la solicitud, disponible en la 'sede electrónica' del ministerio, así como en la oficinas de Atención al Ciudadano de este organismo y las delegaciones y subdelegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas con lengua cooficial.

La instrucción del procedimiento corresponderá a la Alta Inspección de Educación en las delegaciones del Gobierno, que solicitará a la administración educativa información sobre la oferta en castellano. Una vez instruido este proceso, la administración educativa podrá presentar alegaciones en el plazo de 15 días.

SEIS MESES PARA RESOLVER LAS SOLICITUDES

El Ministerio de Educación cuenta con seis meses como máximo para dictar y notificar la resolución y un mes para hacer efectivo el pago, de manera que las familias tendrán que adelantar el pago de casi todo el curso de los centros privados. Además, esta resolución podrá ser recurrida por la comunidad autónoma correspondiente.

Educación ha establecido como cuantía máxima el gasto público por alumno en enseñanza no universitaria, que actualmente es de 6.057 euros por curso escolar. No obstante, en este decreto se indica que el gasto a sufragar podrá ser mayor si se justifica por el interesado debidamente, a fin de hacer efectivo el derecho reconocido en la LOMCE.

El departamento de Wert remitirá al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas con periodicidad trimestral los acuerdos de retención por los gastos abonados por las familias a los centros privados para, posteriormente, retenerlos o deducirlos a las comunidades autónomas de los regímenes de financiación.

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