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Una ley agiliza los parques naturales y prohibe ‘party boats' en áreas protegidas

Vivienda en el islote de Tagomago. El Govern balear considera que sea reserva natural.

| Eivissa |

El Ejecutivo balear aprobó ayer una ley –que ahora iniciará su recorrido parlamentario– que endurece sensiblemente las condiciones para obtener informes de impacto ambiental; agiliza la creación de parques naturales y, entre otras cuestiones, deroga la ley que daba vía libre al campo de golf de Son Bosc (Muro) y prohibe los ‘party boats' en espacios naturales. En el caso de Eivissa, este tipo de embarcaciones de recreo no podrían cruzar por el espacio de posidonia protegido entre la mayor de las Pitiüses y Formentera.

El proyecto de ley de evaluación de impacto ambiental introduce una cláusula que, a la larga, puede resultar polémica y que parece llamada a crear un conflicto de competencias: obliga al Gobierno central a informar previamente a la Comisión Balear de Medio Ambiente de proyectos que afecten a las Islas. El conseller de Medi Ambient, Vicenç Vidal, precisó que esta cláusula afectaría a cuestiones como la realización de prospecciones. Sin embrago, lo que decida el Ejecutivo balear no tendría carácter vinculante.

Otra de las novedades del proyecto es que ya no será preciso recurrir a una ley para declarar un espacio como parque natural o reserva en el caso de que no haya acuerdo con la totalidad de la propiedad. Será suficiente un acuerdo del Consell de Govern.

Vidal quiso dejar claro que la declaración de parque o reserva natural no tiene nada que ver con una expropiación o una merma de derechos de los particulares.

El conseller, sin que nadie le preguntara previamente, puso como ejemplo el caso del islote de Tagomago, en Eivissa. Explicó que al no existir acuerdo con los propietarios (concretamente, el empresario Matthias Khün), con la normativa actual sería precisa una ley. El Govern valora la posibilidad de declararla reserva natural.

Las declaraciones de impacto ambiental de Balears también incluirán, cuando se apruebe la ley, algo que no prevé la normativa estatal: el interés paisajístico de la zona afectada.

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