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Vivienda

El Consell prohíbe la construcción de una vivienda en Cala d'Hort

Vista general de la zona de Cala d’Hort con el islote de es Vedrà al fondo. | Archivo

| Ibiza |

El Consell Executiu, reunido este viernes por la mañana, ha aprobado dar traslado al Ayuntamiento de Sant Josep del informe pedido por esta Corporación conforme a los artículos 21 y 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, respecto del proyecto de construcción de vivienda y piscina y derribo de construcción existente con posterior restauración en la finca «Sa Païssa d'en Xumeu Pere», en el término municipal de Sant Josep, concretamente en la zona de Cala d'Hort, uno de los informes solicitados por la Comisión Balear de Medio Ambiente para analizar la viabilidad de este proyecto.

En el informe técnico, que se basa en los informes previos redactados tanto por el Departamento de Gestión del Territorio, Infraestructuras Viarias y Lucha contra el intrusismo, como por el Departamento de Presidencia y Gestión Ambiental (Sección de Medio Ambiente), donde se analiza el posible impacto medio ambiental sobre la flora y fauna de la zona, se concluye que el conjunto del proyecto puede afectar al ámbito de distribución natural y potencial de la Genista Dorycnifolia, especie que se encuentra catalogada con el máximo nivel de protección, especie de conservación prioritaria. Se considera que el nivel de afección supone una alteración apreciable y el consecuente deterioro de su estado de conservación.

Además, la implantación del proyecto y del consecuente nuevo uso urbano puede implicar todo un conjunto de afecciones con efectos sumativos, como molestias por tráfico y presencia humana, fragmentación territorial, y potenciación de la depredación por gatos, que determinan la afección significativa sobre especies de aves de interés comunitario. Por ello, se considera que este proyecto puede suponer la afección sobre la integridad del LIC en cuestión, ya que puede afectar la actual zona de distribución natural y potencial del conjunto de especies para las que se ha declarado el conjunto de la zona como espacio natural protegido Red Natura 2000.

El informe también destaca que las características del proyecto y su zona de ubicación puede suponer una afección muy significativa por contaminación lumínica y sobre todo dadas las condiciones de calidad existentes del cielo nocturno. Esta afección puede determinar la viabilidad de las tareas de investigación científica y de divulgación del observatorio astronómico insular.

En el informe se recoge que la tipología y dimensiones del conjunto urbanístico determina que éste sea un elemento altamente distorsionador de la realidad paisajística del conjunto de la parcela. Atendiendo al grado de naturalidad y representatividad, ejemplo del paisaje interior ibicenco, se considera como una afección muy significativa sobre el paisaje intrínseco del conjunto territorial donde se ubica el proyecto.

Además, se hace hincapié en que no se presenta un estudio de alternativas con el contenido mínimo adecuado, exigido en la normativa competente en materia de impacto ambiental. Las medidas preventivas, correctoras y compensatorias no evitaron el conjunto de las afecciones ni sus impactos acumulativos y sumativos, de tal manera que los conjuntos de las afecciones se consideran que siguen afectando de manera significativa independientemente de su aplicación

Por todo lo anterior, en el informe se concluye informar desfavorablemente sobre la ejecución del proyecto citado por el conjunto de afecciones descritas, especialmente derivados de su funcionamiento incluso aplicando las medidas de minimización o de compensación de impactos.

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