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Expediente a una villa en Santa Gertrudis: la multa podría rozar el millón de euros

La propiedad alzó la casa en un terreno rústico de Santa Gertrudis y carece de permisos

Se trata de una vivienda unifamiliar aislada en un terreno rústico en Santa Gertrudis. | Ayuntamiento de Santa Eulària

| Ibiza |

El departamento de Infracciones del Ayuntamiento de Santa Eulària ha abierto un expediente sancionador cuya    propuesta de multa podría rozar el millón de euros para los propietarios de la empresa propietaria de una vivienda unifamiliar aislada en un terreno rústico ubicado en Santa Gertrudis que estaban usando la villa sin disponer del final de obra ni de la licencia de primera ocupación.

Según informaron este sábado fuentes municipales en un comunicado, los inspectores también pudieron observar la instalación de elementos sin permiso (una carpa, un parque infantil y placas fotovoltaicas), la apertura de un camino nuevo, el cerramiento de la parcela sin cumplir con las prescripciones del Plan Territorial Insular (PTI) y aportaciones de tierra. Cabe destacar que los trabajos realizados sin licencia no son legalizables, por lo que se deberán retirar los elementos movibles y restituir la realidad física alterada.

Placas solares instaladas sin permiso.

Desde el consistorio explicaron que el pasado 7 de junio, un técnico y un celador de obras visitaron la propiedad para comprobar el estado de los trabajos solicitados. Al realizar esta inspección, se comprobó que la vivienda unifamiliar estaba siendo habitada a pesar de que no se habían otorgado y retirado tanto la licencia del final de obra como la licencia de primera ocupación. Una actuación irregular contemplada en el apartado 3 del artículo 167 de la Ley de Urbanismo de Balears (LUIB), «el uso de una edificación, construcción o instalación sin disponer del título urbanístico preceptivo que habilite su uso se sancionará con multa del 25 al 50 por ciento del valor de la edificación, de la construcción o de la instalación si el uso está permitido por la normativa urbanística y territorial vigente en la fecha de inicio del procedimiento de restablecimiento».

Dado que el valor estimado de la vivienda es de 3,33 millones de euros, la cantidad de la sanción podría ser de un mínimo de 832.500 euros, si bien la cuantía final dependerá de si la propiedad actúa de forma rápida acatando el expediente, ya que se contemplan diferentes escenarios que pueden reducir el importe. Además, las actuaciones establecen la prohibición del uso de la vivienda hasta que no se haya regularizado la situación.

Durante la visita también se detectaron diferentes intervenciones urbanísticas fuera de lo permitido con la licencia solicitada y otorgada. Así, se comprobó que el cierre perimetral era de elementos prohibidos por el PTI, que se había anulado el camino de acceso autorizado y abierto uno nuevo, realizado una explanada destinada a estacionamiento, instalado una carpa fija y un parque infantil y colocado unas placas solares, además de haber realizado aportes de tierras.

Según la estimación de los técnicos, todas estas modificaciones no son legalizables, por lo que deberá procederse a la eliminación de los nuevos elementos y a la restitución del estado de la parcela a su estado original. El coste estimado de las obras no autorizadas ronda los 88.000 euros, por lo que la sanción por estas actuaciones en concreto, según lo que fija la Ley de Urbanismo, se fijará entre el 100 y el 250% de dicho valor. En este caso, igualmente, los sancionados pueden beneficiarse de reducciones en función de la celeridad de su actuación.

Desde el consistorio explicaron que el pasado 7 de junio, un técnico y un celador de obras visitaron la propiedad para comprobar el estado de los trabajos solicitados. Al realizar esta inspección, se comprobó que la vivienda unifamiliar estaba siendo habitada a pesar de que no se habían otorgado y retirado tanto la licencia del final de obra como la licencia de primera ocupación. Una actuación irregular contemplada en el apartado 3 del artículo 167 de la Ley de Urbanismo de Balears (LUIB), «el uso de una edificación, construcción o instalación sin disponer del título urbanístico preceptivo que habilite su uso se sancionará con multa del 25 al 50 por ciento del valor de la edificación, de la construcción o de la instalación si el uso está permitido por la normativa urbanística y territorial vigente en la fecha de inicio del procedimiento de restablecimiento».

Dado que el valor estimado de la vivienda es de 3,33 millones de euros, la cantidad de la sanción podría ser de un mínimo de 832.500 euros, si bien la cuantía final dependerá de si la propiedad actúa de forma rápida acatando el expediente, ya que se contemplan diferentes escenarios que pueden reducir el importe. Además, las actuaciones establecen la prohibición del uso de la vivienda hasta que no se haya regularizado la situación.

Durante la visita también se detectaron diferentes intervenciones urbanísticas fuera de lo permitido con la licencia solicitada y otorgada. Así, se comprobó que el cierre perimetral era de elementos prohibidos por el PTI, que se había anulado el camino de acceso autorizado y abierto uno nuevo, realizado una explanada destinada a estacionamiento, instalado una carpa fija y un parque infantil y colocado unas placas solares, además de haber realizado aportes de tierras.

Según la estimación de los técnicos, todas estas modificaciones no son legalizables, por lo que deberá procederse a la eliminación de los nuevos elementos y a la restitución del estado de la parcela a su estado original. El coste estimado de las obras no autorizadas ronda los 88.000 euros, por lo que la sanción por estas actuaciones en concreto, según lo que fija la Ley de Urbanismo, se fijará entre el 100 y el 250% de dicho valor. En este caso, igualmente, los sancionados pueden beneficiarse de reducciones en función de la celeridad de su actuación.

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