Concha Ruiz (Murcia, 1965) es la Magistrada y delegada de Discapacidad del Tribunal Superior de Justicia de Murcia y una de las ponentes que participará este viernes en la jornada magistral sobre derecho y salud que se celebrará en el Hospital Can Misses. Una conferencia que irá destinada a profesionales del sector jurídico y sociosanitario en la que se abordarán los cambios de la Ley 8/2021 y la importancia de la accesibilidad cognitiva a la Justicia de todas aquellas personas que tienen algún tipo de discapacidad.
— Este viernes participa en la jornada magistral sobre derecho y salud en Can Misses. ¿Sobre qué ejes principales girará su ponencia?
— La conferencia estará focalizada principalmente en la nueva regulación en materia de discapacidad que se promulgó con motivo de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reformó la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Considero que esta regulación tiene un cierto interés para los profesionales que puedan asistir a esta jornada magistral.
— El programa determina que se centrará en aspectos como los internamientos involuntarios y las medidas de apoyo a las personas con discapacidad.
— Sí. Estas medidas de apoyo son para las personas con discapacidad psíquica si hablamos de los internamientos involuntarios, pero también se proporciona este apoyo en el periodo neurodegenerativo, de deterioro cognoscitivo o demencia senil, con especial relevancia a la figura del guardador de hecho.
— ¿Qué responsabilidades tiene el guardador de hecho de la persona con discapacidad?
— Es la medida de apoyo estrella de la legislación; es una medida que ha tenido mucha repercusión social y mucha incidencia en la vida de las personas, pero es importante señalar que no es una medida judicial, sino la declaración por medio de una sentencia de una situación de guardador de hecho que se encarga de todo lo relacionado con los cuidados y atención de la persona con discapacidad: desde hacer la compra e ir al banco, hasta acompañar a la persona a una cita médica. La actual legislación le atribuye al guardador determinadas facultades y un reconocimiento. No obstante, para poder actuar en nombre de la persona que cuida, precisa de autorización judicial.
— ¿Qué cambios importantes incorpora la Ley 8/2021?
— Esta regulación cambia radicalmente el panorama de las personas con discapacidad a la hora de reconocer sus derechos porque hemos pasado de un modelo tradicional de incapacitación a un modelo de capacitación de todas las personas por el mero hecho de nacer personas. Únicamente esta legislación establece determinados apoyos en aquellas áreas o ámbitos que la persona con discapacidad necesite. Por ejemplo, en el ámbito personal, de la salud, en el ámbito económico, patrimonial o jurídico.
— ¿Cómo se intervenía antes jurídicamente a la hora de atender a estas personas?
— Antes los jueces atendíamos una discapacidad apoyando la incapacitación de la persona y le privábamos la posibilidad de seguir ejerciendo los derechos que pudiesen verse repercutidos o haberse adquirido durante esa discapacidad, por ejemplo, la obtención del permiso de conducir. Ahora la Ley 8/2021 suprime estos procedimientos de incapacitación y permite al juzgado únicamente fijar los apoyos que precise esa persona.
— ¿Desde hace cuántos años aborda los procesos legales de familia y discapacidad?
— Yo era Magistrada en un Juzgado de Primera Instancia, pero hace 11 años me destinaron a un Juzgado especializado de Familia, Discapacidad e Internamiento Involuntarios. Pasé de estar sujeta a diferentes tipos de demandas, juicios ordinarios, negligencias, responsabilidad civil, reclamaciones de cantidad… a abordar estos procesos legales de familia y discapacidad. Al principio fue una sorpresa porque yo estaba muy alejada de la jurisdicción en materia de familia al ser un Juzgado muy especializado con materias muy específicas. Con el paso del tiempo, me fui adentrando más en dicha jurisdicción y la especialidad me empezó a gustar cada vez más. Ahora llevo 12 años en esta especialidad y ya no he vuelto a un Juzgado de Primera Instancia.
— También es delegada de Discapacidad del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.
— Hace tres años el Tribunal Superior de Justicia designó que en cada territorio hubiese un delegado de Discapacidad con el objetivo de facilitar la vida a las personas con discapacidad, eliminando barreras arquitectónicas y demás dificultades en el ejercicio de su capacidad jurídica. Yo me presenté y actualmente soy la delegada en la comunidad autónoma. Cualquier problema en materia de barreras o dificultades de acceso y comprensión, deben ser canalizadas a través del delgado de Discapacidad.
— Ha comentado antes la gran especificidad de este Juzgado, ¿cree que faltan abogados especializados en derecho de familia y de apoyo a la Discapacidad?
— Por supuesto que faltan abogados especializados, pero sobre todo faltan juzgados especializados. Ahora mismo en los pueblos hay juzgados mixtos y en los que no hay mixtos, sólo tienen juzgados de primera instancia sin especializar en materia de familia y discapacidad. Esto nos lleva a una diversidad de criterios que depende del partido judicial que asuma la demanda o solicitud; esto no ayuda a la unificación de criterios. Afortunadamente van surgiendo asociaciones de abogados especializados en derecho de familia y discapacidad y esto nos ayuda a seguir realizando un constante estudio de la jurisprudencia para aplicar con exactitud la medida de apoyo que necesita la persona con discapacidad.
— Como delegada de Discapacidad, ¿qué recursos jurídicos considera que faltan?
— Yo siempre pido la carta de los Reyes Magos: más medios, más recursos, más material especializado en los organismos competentes. No hay mayor satisfacción que proteger los intereses de las personas que más lo necesitan.
— En Ibiza se habilitó hace poco el primer juzgado específico para asuntos de familia.
— Hace poco que se habilitó este jugado especializado, imagino que en la isla habrán sufrido lo que hemos padecido todos los partidos judiciales hasta la especialización. Esta especialización permite aplicar un mejor criterio porque cuando la materia se distribuía entre los diferentes juzgados de primera instancia había 20 criterios distintos de 20 jueces distintos.
— Hace poco se habilitaron también tres salas amables.
— Las salas amables son una gran medida y también son importantes las resoluciones de lectura fácil que ayuden a la compresión por parte de las personas con discapacidad de los términos jurídicos. También es esencial la figura del facilitador para que acompañe a estas personas porque a veces vienen solos, sin embargo, esta figura todavía no se ha desarrollado de forma reglamentaria.