El Ayuntamiento de Sant Joan de Labritja ha aprobado por resolución de alcaldía n.º 1081, de fecha 11 de septiembre de 2025, los padrones fiscales del ejercicio 2025 correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI urbana y rústica), Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, Impuesto sobre Actividades Económicas, Impuesto sobre Vedas de Caza y la Tasa de recogida, transporte, tratamiento y eliminación de residuos sólidos urbanos.
El período de pago voluntario de estos tributos queda establecido entre el 15 de septiembre y el 17 de noviembre de 2025. A partir de esa fecha se iniciará el periodo ejecutivo, que conllevará el devengo de intereses de demora, recargos y, en su caso, costes del procedimiento de apremio.
Este año, además, se aplica el nuevo modelo de tasa de residuos en cumplimiento de la Ley estatal 7/2022, que obliga a los municipios a financiar al 100% el coste del servicio mediante esta tasa. La nueva Ordenanza Fiscal Municipal adapta la normativa estatal y establece un sistema tarifario justo, calculado según el uso, destino y superficie del inmueble.
Entre las principales novedades, el Ayuntamiento ha previsto bonificaciones para minimizar el impacto económico:
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50% de bonificación para viviendas habituales de jubilados y pensionistas con rentas bajas.
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30% para hogares que participen en el programa municipal de compostaje.
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5% para quienes acrediten el uso de la Xarxa Insular de Deixalleries d’Eivissa (mín. 10 veces/año).
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5% para empresas alimentarias que colaboren en la reducción del desperdicio alimentario.
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5% por domiciliación bancaria.
El Ayuntamiento recuerda a la ciudadanía la importancia de revisar los datos catastrales y actualizar la domiciliación bancaria a nombre del titular registrado. La medida entra en vigor en 2025 y sus efectos fiscales se verán reflejados en 2026.