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Confirman el despido de un camarero de Ibiza por un vídeo de TikTok grabado en su trabajo

El tribunal considera que la grabación se realizó en el puesto de trabajo, en horario laboral y utilizando un dispositivo personal para fines ajenos al servicio

El Palacio de Justicia, sede del Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) y la Audiencia Provincial, en la plaza Weyler de Palma. | Foto: Europa Press

| Ibiza |

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJB) ha confirmado la procedencia del despido disciplinario contra un camarero en Ibiza que difundió en TikTok un vídeo grabado durante su jornada en el que se mostraba el sistema interno de cobro del local y comentarios críticos de precios y salarios.

Según recoge el fallo, al que ha tenido acceso EFE, la sala de lo social ha desestimado el recurso del trabajador y ha ratificado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de Ibiza, que declaró ajustada a derecho la extinción del contrato.

El demandante, que trabajaba en 'Fiesta Hotels & Resorts', subió durante su horario, a través de su móvil, un vídeo en la red social en el que se observaba trabajando como camarero en su puesto de trabajo y mostrando el 'TPV room service' de la empresa demandada, a la que se identificaba.

En el vídeo se hacía alusión a que el precio de coste de un café era para la empresa «a razón de 20 céntimos» mientras que «lo vendían a 5 euros» y que a los trabajadores «les malpagaban abonándoles tan solo 1.400 euros».

El tribunal considera que la grabación se realizó en el puesto de trabajo, en horario laboral y utilizando un dispositivo personal para fines ajenos al servicio, lo que permitió identificar el entorno profesional y el sistema operativo interno, de uso exclusivo del hotel.

Para la sala, la difusión de imágenes del sistema interno y de mensajes que afectan a la imagen empresarial constituye una transgresión grave de la buena fe contractual, suficiente para justificar la sanción máxima prevista en la normativa laboral.

El tribunal subraya que no es necesario acreditar un perjuicio económico directo para apreciar la gravedad del incumplimiento, ya que la conducta es objetivamente idónea para comprometer la confianza y el prestigio profesional de la empresa.

También añade que la identificación de la compañía no requiere la aparición de su nombre o logotipo, puesto que la grabación del sistema interno permite vincular el contenido con el establecimiento.

El empleado, por su parte, alegó defectos formales en la comunicación del despido, falta de identificación expresa de la empresa en el vídeo y ausencia de daño real.

La sala rechaza estos argumentos y recuerda que la sentencia de instancia declaró probado que la carta de despido fue comunicada y que su contenido constaba en el procedimiento.

También descarta la revisión de los hechos probados al no basarse en prueba documental o pericial que permita modificar el relato fáctico.

El TSJIB concluye que la sanción impuesta es proporcional a la gravedad de la conducta, al haberse producido durante la jornada laboral, mediante la difusión de contenidos que afectan a la organización interna y con potencial para perjudicar la reputación de la empresa.

Contra el fallo cabe recurso de casación para la unificación de doctrina ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (TS).

7 comentarios

user dario rodriguez | Hace una hora

VicentEl problema no es ser tonto, el problema es que todo el mundo lo sepa menos tu.

T. M. M. T. M. M. | Hace 8 horas

VicentPero.. Primero, nadie obliga a nadie a pagar esos 5€.. Los pagan porque quieren Nadie obliga a nadie a trabajar por esos 1400. Si no estas contento con tu salario, busca algo mejor... Que las generaciones de ahora quieren cobrar 4000 al mes pero sin trabajar.

user N'hi ha un fart | Hace 11 horas

Pues q se jo da No tendrá problemas de curro, falta gente Otra cosa es si tiene ganas de currar. Eso es otro tema

Vicent Vicent | Hace 13 horas

Dejando de lado al chaval que grabó y subió el vídeo y el hecho en sí (estoy de acuerdo que en horario laboral no se tiene que hacer), lo más interesante de la noticia es lo que cuenta en el vídeo: como un café que al hotel le cuesta 20 céntimos lo venden al turista-pardillo a 5 euros, obteniendo unos márgenes brutales, traspasando la frontera del negocio y la empresa y se adentrandose firmemente en el territorio de la usura. Luego como menciona el chico la empresa hotelera paga lo justísimo a los empleados y estoy seguro que también usan una ingeniería fiscal muy sofisticada con una red de asesores, contables y abogados para pagar lo mínimo en impuestos, mientras que los trabajadores, la clase media y los pequeños empresarios tenemos que pagar hasta el último céntimo a Hacienda.

Anonimus Anonimus | Hace 14 horas

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Rupert Rupert | Hace 14 horas

Este caso no va solo de un despido. Va de una generación que ha empezado a confundir exposición con valentía. No todo lo que se piensa merece publicarse, no todo lo que molesta se denuncia grabándolo, y no todo escenario con luz es un plató. A veces el acto más rebelde no es subir un vídeo: es saber cuándo cerrar la cámara. Si conviertes tu puesto de trabajo en contenido, no te sorprendas cuando la empresa convierta tu contrato en historia pasada.

user Claudia | Hace 15 horas

Qué imbécil es la gente que vive en las redes sociales y se olvida de las consecuencias en el mundo real

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