El Govern, a través de la Dirección General de Vivienda y Arquitectura, abre este martes, 1 de septiembre, el periodo de solicitudes para optar a la nueva convocatoria de las ayudas del «Bono alquiler joven», para los años 2026 y 2027 y el plazo para presentar solicitudes estará abierto hasta el 30 de septiembre.
Las ayudas del «Bono alquiler joven», de 250 euros al mes por persona y con un máximo de 6.000 euros en los dos años de la convocatoria, tienen como objetivo facilitar que los jóvenes de hasta 35 años y que cumplan con los requisitos puedan optar a una vivienda o habitación en régimen de alquiler, según ha indicado este domingo en un comunicado la Conselleria de Vivienda, Territorio y Movilidad.
La convocatoria mantiene las mismas condiciones de las anteriores, establecidas por el Gobierno central a través de un real decreto estatal del año 2022, de forma que a las ayudas se pueden acoger contratos de alquiler de viviendas de hasta 900 euros mensuales y de alquiler de habitaciones de hasta 450 euros mensuales.
Desde el Govern, teniendo en cuenta la realidad del mercado en las Islas, se ha reclamado al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana un aumento de estos límites de precios para llegar a más jóvenes en próximas convocatorias, tal como se planteará en las líneas de ayudas derivadas del nuevo plan estatal de vivienda.
Esa nueva convocatoria del «Bono alquiler joven» se destinará a cubrir parte de los gastos de las 24 mensualidades de alquiler de los años 2026 y 2027 (el periodo subvencionable es a partir del día 1 de enero de 2026 y hasta el 31 de diciembre de 2027) y tiene un presupuesto de 4,8 millones de euros de fondos estatales.
REQUISITOS
La nueva línea del «Bono alquiler joven» 2026-2027 mantiene también los mismos requisitos de convocatorias anteriores y otras condiciones. Así, estas ayudas no son compatibles con las ayudas ordinarias al alquiler, con la intención de poder dar cobertura a un número mayor de beneficiarios.
En cuanto a los requisitos, las personas solicitantes deberán tener la nacionalidad española o residencia regular en España; deberán ser jóvenes de hasta 35 años; deberán ser titulares de un contrato de alquiler de vivienda de máximo 900 euros al mes o de habitación de máximo de 450 euros al mes; sus ingresos anuales, o de la unidad de convivencia, no podrán ser superiores a tres veces el Iprem, no podrán tener en propiedad ninguna vivienda y deberán estar al corriente de pago de las rentas del contrato de alquiler.