C. CUEVAS
El ministerio fiscal reafirmó ayer durante la vista oral celebrada por la Audiencia Provincial la petición de pena que hizo inicialmente: trece años y seis meses de cárcel para los dos imputados, un hombre y una mujer, acusados de ser los responsables de una especie de organización dedicada al tráfico de estupefacientes a pequeña escala, y nueve años y seis meses para las otras dos acusadas. A estas penas de cárcel se suman las multas económicas, que en el caso de la pareja alcanza los 730.000 euros.
Los imputados fueron detenidos en agosto de 2005 durante una operación policial que efectuó registros en el domicilio en el que vivía el principal acusado, los dos locutorios que regentaba -uno en el centro de Eivissa y otro en Jesús- y el bar en es Passadís, que también llevaba y donde trabajaba su compañera sentimental, otra de las imputadas en este caso; este local fue el único donde no se encontró droga.
Estos registros se efectuaron después de que la policía interceptara diversas llamadas telefónicas del principal imputado que llevaron a los agentes a sospechar que el hombre se dedicaba al tráfico de droga.
La defensa de la pareja para la que solicitan la pena más elevada expuso ayer durante el juicio que las llamadas no podían ser consideradas pruebas por tratarse de unas escuchas ilegales ya que violan el derecho fundamental del secreto de las comunicaciones. Parlamento al que se unieron las otras dos defensas particulares.