La Audiencia de Palma ha absuelto a dos guardias civiles acusados de presuntas torturas y lesiones a un detenido ocurridas el 11 de octubre de 2009 en el puesto del instituto armado de Sant Antoni (Eivissa) porque alberga «dudas» acerca de la autoría de los hechos y cómo ocurrió la agresión.
La sección segunda de la Audiencia de Palma considera probado que el denunciante fue detenido en unos altercados en la calle Soledad de Sant Antoni, donde opuso «gran resistencia» al ser esposado, y luego fue conducido al puesto de la Guardia Civil, donde había numerosos agentes porque se celebraba la fiesta de la patrona del cuerpo.
Estando en el calabozo, llamó a su mujer por teléfono y le contó que le habían pegado, por lo que ella acudió al cuartel, explicó que estaba hablando con él por el móvil y que decía haber sido agredido.
Según la sentencia, que los agentes supieran que el hombre estaba llamando al exterior con su móvil, motivó que varios guardias lo sacaran del calabozo, lo llevaran al baño, le dijeran que se quitase toda la ropa y «le agrediesen».
La sección segunda cree que los hechos constituyen un delito de torturas y otro de lesiones, pero no puede atribuirlo a «autor conocido y determinado» ante la insuficiencia de prueba incriminatoria respecto a los dos acusados.
El tribunal detalla que a uno de los guardias solo lo incrimina la declaración de la víctima, al otro la de un agente que presenció los hechos, y ambas testificales son contradictorias entre sí y no han sido corroboradas con la certeza necesaria.
La sala cree que el guardia que incriminó al otro cuando declaró como testigo en el juicio pudo haber incurrido en un delito de falso testimonio por lo que deduce testimonio contra él.
El tribunal señalan en la sentencia que varios de los guardias que testificaron pudieron faltar también a la verdad en algunos aspectos por lo que podría tratarse de «un auto-encubrimiento impune».
Las acusaciones sostuvieron en el juicio que los guardias propinaron una paliza al detenido, en represalia por haber llamado a su mujer desde el calabozo y haberle contado que le habían pegado, y le produjeron varias lesiones, entre ellas la pérdida de dos piezas dentales.
El tribunal señala que si bien la víctima acusa a un agente y la Fiscalía extiende la acusación a otro, «hay indicios de que fueron más los autores pero que no se han podido identificar».
La sección segunda cree probada la agresión a partir del relato del denunciante y de los informes médicos y forenses, pero en cuanto al autor de las lesiones, el tribunal afirma que la versión que ha ofrecido la víctima ha ido evolucionando en las distintas declaraciones que ha ido prestando y presenta «lagunas» en aspectos decisivos que siembran dudas.
El tribunal llama la atención sobre el hecho de que la víctima cuente que le pegaron cuatro guardias civiles uniformados y otros cuatro que no lo iban, y solo identifique a uno de ellos y lo haga por su nombre, circunstancia que «revela cierta inquina o animadversión» hacia uno en concreto.
En el juicio celebrado el pasado junio, la Fiscalía pidió para los dos acusados una de 5 años y 6 meses de prisión (2 años y 6 meses por presuntas torturas no graves y 3 años por lesiones). La acusación particular solo pidió condena para uno de los guardias y reclamó 14 años de cárcel (5 años por detención ilegal, 3 por tortura, 3 por lesiones y 3 por falsedad). La defensa pidió la absolución.
La sentencia no es firme y contra ella cabe recurso de casación ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.