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Multa de 251.000 euros a dos viviendas de Santa Eulària por alquiler turístico ilegal

Se trata de dos viviendas situadas en la urbanización Buenavista y en es Puig d’en Valls

Imagen del Ayuntamiento de Santa Eulària | Foto: R.I. - Ayuntamiento de Santa Eulària

| Santa Eulària |

La Junta de Gobierno Local del Ajuntament de Santa Eulària ha acordado confirmar dos expedientes sancionadores por infracciones en materia de uso turístico de viviendas, tras desestimar los recursos y alegaciones presentadas por sus responsables. En este caso, las sanciones suman un total de 250.955,07 euros y responden a la comercialización de estancias turísticas sin disponer del título habilitante ni la descripción en el Registro de Actividades Turísticas en la urbanización Buenavista, en el Puig d’en Fita-Siesta de Santa Eulària, y en es Puig d’en Valls.

El primer expediente corresponde a una vivienda situada en la localidad de Puig d’en Valls, donde se pudo constatar el cambio de uso de residencial a turístico mediante la comercialización en una conocida plataforma digital de alquiler vacacional durante el verano de 2024. Durante las inspecciones realizadas se identificó a turistas que habían contratado estancias en la vivienda, con reservas de 286,85 euros y 251,72 euros por noches de alojamiento, incluyendo además servicios propios de actividad turística como lavandería o recambio de toallas.

El Ajuntament impuso una sanción de 205.949,58 euros, calculada conforme a la normativa urbanística vigente al tratarse de un cambio de uso sin título habilitante. Posteriormente, los responsables presentaron un recurso potestativo de reposición, alegando indefensión y cuestionando la validez de las pruebas. La Junta de Gobierno Local acordó desestimar dicho recurso y confirmar íntegramente la sanción al considerarse acreditada la actividad turística irregular a través de las actas de inspección y la documentación aportada.

El segundo expediente hace referencia a una vivienda situada en la urbanización Buenavista. Durante el pasado mes de junio de 2025 se detectó también la comercialización del inmueble a través de la misma plataforma digital. En este caso, se pudo constatar que un visitante había contratado dos noches de estancia por un importe de 210,75 euros, además de recibir servicios asociados a la actividad turística.

Tras la apertura del expediente sancionador, el responsable presentó un escrito de alegaciones defendiendo que se trataba de un hecho puntual y solicitando la reducción de la sanción. Sin embargo, la Junta de Gobierno ha decidido desestimar las alegaciones presentadas y confirmar la sanción propuesta de 45.005,49 euros.

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