La Conselleria de Educació ha «dejado sin efectos» la resolución que dictó el pasado julio que obligaba a los centros educativos cuyos claustros hubieran rechazado sus proyectos de Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) a aplicarlos durante el curso 2014-2015.
El Boletín Oficial de la comunidad (BOIB) publica hoy una resolución del director general de Educación, Personal Docente, Universidades e Investigación, Miquel Deyá, que anula la de aplicación de los proyectos TIL rechazados que dictó el pasado 28 de julio la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional.
La resolución suspendida señalaba que los centros que no tuvieran un proyecto TIL aprobado tenían que aplicar transitoriamente el elaborado por la comisión de coordinación pedagógica con el visto bueno de la Inspección Educativa.
La anulación se justifica en el hecho de que «algunos aspectos» de aquella resolución son «de carácter normativo y más propios de un reglamento», por lo que «se entiende que no se ha seguido el procedimiento adecuado para su aprobación» y debe quedar sin efecto.
Tres días después de aquella resolución, la entonces consellera de Educación, Joana Maria Camps, negó que fuera una imposición por parte de la Conselleria sino una forma de garantizar el derecho a la educación de los alumnos, ya que era necesario que los centros educativos tuvieran aprobados sus proyectos lingüísticos el 1 de septiembre, cuando empezó el curso.
La sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Baleares suspendió el pasado 23 de septiembre el decreto TIL mediante tres sentencias y al día siguiente suspendió cautelarmente su orden de aplicación mediante cuatro autos, una cancelación temporal que ratificó varios días después.