Las personas con dependencia que esperan más de 60 días para acceder a una residencia pública dispondrán de una prestación económica de atención en el entorno familiar o en el caso de que no haya plazas disponibles en su entorno próximo.
El Consell de Govern ha aprobado este viernes la modificación del decreto que establece los principios generales del procedimiento de dependencia, con el objetivo de mejorar la protección de los usuarios y corregir situaciones que les perjudicaban.
Esta modificación normativa se añade a otras actuaciones de la Conselleria de Servicios Sociales y Cooperación con la finalidad de reactivar el ámbito de la dependencia, como es el incremento de la contratación de trabajadores sociales y «valoradores».
Otro cambio importante permite la combinación de servicios y prestaciones de dependencia, con el objetivo de asegurar la permanencia de las personas con dependencia en su domicilio y promover su autonomía personal.
La normativa modificada permitirá a los profesionales valorar la idoneidad de hacer compatible, por ejemplo, el servicio de ayuda a domicilio con una prestación económica, siempre que entre las dos no superen el 100 % del coste de los servicios.
Estos cambios normativos suponen un paso más en la reactivación del ámbito de la dependencia en las Islas Baleares, ha destacado la consellera de Servicios Sociales y Cooperación, Fina Santiago.
A partir de ahora la responsabilidad de iniciar la revisión de los grados de dependencia es asumida por la administración autonómica y no por la persona con dependencia, su cuidador, tutor, o representante legal.
Esto significa que, sin perjuicio de la posibilidad que tiene la persona interesada de solicitar esta revisión a instancia de parte, será la administración quien iniciará de oficio la revisión de los grados.
Santiago ha señalado que se trata de un cambio normativo «importante» ya que se han detectado casos en los que el usuario, por varios motivos y después de meses, no ha solicitado la revisión del grado y la administración ha terminado reclamando dinero con carácter retroactivo.
De este modo, se asegura que la responsabilidad de realizar las «revaloraciones» recaiga sobre la administración.
Otra variación destacada es la que permite la combinación de servicios y prestaciones de dependencia, con el objetivo de asegurar la permanencia de las personas con dependencia en su domicilio y promover su autonomía personal.
La normativa modificada permitirá a los profesionales valorar la idoneidad de hacer compatible, por ejemplo, el servicio de ayuda a domicilio con una prestación económica, siempre que entre las dos no superen el 100 % del coste de los servicios.
Por otra parte, en relación también con esta conselleria, el Consell de Govern ha manifestado su criterio favorable a la toma en consideración y la tramitación de la proposición de ley de la custodia compartida para la igualdad en las relaciones familiares ante el cese de la convivencia de los padres.
Además, el ejecutivo ha aprobado el proyecto de decreto que regula el servicio de tutela de las personas adultas incapacitadas judicialmente.
En este decreto se concretan las condiciones materiales, funcionales y de recursos humanos mínimas que tienen que cumplir las entidades tutelares para garantizar unos servicios sociales de calidad que se ajusten a las necesidades y características de las personas destinatarias.
En la mayoría de los casos no son capaces por sí mismas de exigir unos servicios mínimos, ni tampoco tienen familiares o personas próximas que puedan reclamar o quejarse en su nombre.
Se trata de un colectivo especialmente vulnerable, «prioritario y urgente» para los servicios sociales de la administración autonómica.