El Ministerio de Administraciones Públicas advierte al Govern que no puede prohibir las party boats en los espacios naturales protegidos marinos que no sean de competencia estrictamente autonómica, es decir, aquellos en los que no exista una continuidad ecológica clara entre el ecosistema marino y el espacio natural terrestre protegido. Esto dejaría fuera de la prohibición de las fiestas en alta mar a buena parte de las aguas protegidas de las Illes.
Medi Ambient ha encargado ahora un informe técnico que determinará exactamente qué espacios quedan dentro del ámbito de prohibición y cuáles no. Entre otros está sobre la mesa el caso del Parque Nacional de Cabrera, de competencia nacional pero cuya gestión recae ahora en el Govern.
La Ley 12/2016 de Evaluación Ambiental prohibe en los espacios naturales marinos protegidos «la difusión, comercialización y la realización de fiestas y eventos multitudinarios en embarcaciones con música o que alteren sensiblemente los niveles sonoros naturales del lugar, por tratarse de una actividad incompatible con los objetivos de conservación de estos espacios protegidos y con el descanso de las personas que disfrutan de las playas y del litoral».