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Los agentes de Medi Ambient podrán paralizar ‘in situ' las infracciones graves

La Ley de Residuos habilita la medida para dar seguridad jurídica a los profesionales

Este año la Conselleria espera dos nuevas incorporaciones, por lo que la plantilla de agentes ambientales sube a 65. | Pere Bota

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Los agentes de Medi Ambient tendrán potestad para paralizar las infracciones medio ambientales o urbanísticas que se encuentren. Así lo establece la nueva Ley de Residuos y Suelos Contaminantes aprobada el pasado mes de enero por el Parlament.

La disposición final primera de la nueva ley fija de manera explícita que en caso de «infracción flagrante o daño grave e inminente para el medio ambiente», los agentes podrán ordenar la paralización inmediata de dicha actividad. Hasta el momento, los agentes al encontrarse ante una infracción solo levantaban acta y debían remitirla a la Direcció General d'Espais Naturals que iniciaba la tramitación del expediente. Esto provocaba una demora considerable de la paralización, por lo que la infracción medio ambiental o urbanístico podía continuar hasta recibir dicha paralización por parte de la dirección general. Ahora, la paralización será «inmediata». Es más, los agentes podrán «advertir al infractor que la desobediencia puede dar lugar a responsabilidad penal o administrativa», según dicta la disposición.

El objetivo de la Conselleria de Medi Ambient i Agricultura es dar «seguridad jurídica» a los agentes, según confirman fuentes de la propia Conselleria. Las tareas de los agentes ambientales está recogida en la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), aunque no se dejaba claro la potestad de paralizar o tomar medidas cautelares ante una infracción, ya que hablaba de «órgano competente». Con la nueva disposición, los agentes están claramente habilitados.

Una vez paralizada la infracción, deberán remitir su denuncia ante el órgano competente bien sea de la propia Conselleria de Medi Ambient i Agricultura, como a la Agencia de Defensa del Territori del Consell, en caso de ser un caso urbanístico.

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