La Fiscalía de Sala en el Tribunal Supremo ha formalizado un recurso ante la Sala de lo Contencioso del alto tribunal para pedir la anulación del auto del TSJIB del pasado jueves que avalaba la prórroga del toque de queda en Baleares. El ministerio público ha decidido finalmente atacar la resolución que será la primera de este tipo que se revise tras el estado de alarma gracias al nuevo recurso de casación que se habilitó para unificar doctrina ante la disparidad de criterios y de planteamientos en los distintos tribunales superiores.
El Govern ahora tendrá un plazo de tres días para impugnar el recurso y después, la Sala tendrá otro de cinco para resolver en sentencia, de manera que la tramitación aún se llevará a cabo con el toque de queda hasta las doce de la noche y el resto de restricciones aún en vigor, dado que caducan el seis de junio. La Fiscalía se opuso a la ratificación judicial de dos de las cuatro medidas que puso encima de la mesa la administración: el toque de queda y las limitaciones de reuniones en el ámbito privado. No veía problemas insalvables con los controles en puertos y aeropuertos o con la reducción de los aforos en lugares de culto. La decisión del TSJIB se adoptó por mayoría de tres magistrados y con dos votos particulares. La posición de la Sala es que sólo se tratan de limitaciones de derechos fundamentales y que son válidas ante la colisión de estos con el derecho a la vida. La sentencia apelaba al principio de precaución mientras que los votos discrepantes criticaban la falta de justificación de la necesidad de esas restricciones por parte del Govern.
Hasta ahora, el Supremo ha resuelto algunos recursos en torno a cierres perimetrales de poblaciones y ha establecido que las limitaciones de derechos fundamentales en base a la normativa sanitaria son válidas pero siempre y cuando estén justificadas de forma suficiente por parte de las autoridades. No ha entrado en ningún toque de queda autonómico: el Gobierno de Canarias sí recurrió cuando su tribunal superior había rechazado el toque de queda pero lo dejó si efecto, por eso, cuando recurrió, se dejó desierto. En el caso de Valencia, la otra comunidad donde sí se dio luz verde al cierre nocturno, su caso no ha llegado al alto tribunal.
En paralelo, la Sala de lo Contencioso del TSJIB ha dictado una providencia en la que rechaza los recursos planteados por VOX y un ciudadano de Calvià contra su auto. La resolución señala que no pueden apelar dado que no son partes en el procedimiento y carecen de legitimidad para hacerlo. Sí está pendiente de resolver otra vía que probó el partido político en el que planteaba un proceso en defensa de derechos fundamentales.