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Coronavirus

Educació reactiva el permiso no retribuido para que los docentes puedan conciliar por la COVID

Reunión telemática de la mesa de educación.

| Palma |

La directora general de Personal Docente, Rafaela Sánchez, ha presentado en la reunión de la Mesa Sectorial Educación dos nuevas medidas para hacer frente a la crisis sanitaria originada por la COVID-19 y el impacto de la variante Omicron, en el ámbito educativo. Por un lado, se vuelven a activar los permisos no retribuidos para la conciliación laboral y familiar de los docentes y, por la otra, se ha hablado de la puesta en marcha del sistema de sustituciones rápidas por COVID en secundaria y FP básica, similar a la que se aplica en primaria, con profesorado de los ámbitos lingüístico y científico-técnico.

En la reunión celebrada este lunes, se ha tratado la necesidad de mantener las medidas extraordinarias y transitorias para favorecer la conciliación laboral y familiar del personal docente no universitario al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Medidas que conforman los permisos no retribuidos para los docentes que se aprobaron a finales del 2020 y que tendrán vigencia hasta finales de 2022.

La Conselleria pone a disposición del personal docente no universitario que acredite la necesidad de atender a una persona en situación de cuarentena por la COVID-19 con la cual conviva puede solicitar una reducción especial de la jornada de trabajo, de carácter no retribuido, del 50 o del 100% de la jornada, por el tiempo indispensable que dure la situación de cuarentena.

Entre los requisitos que tiene que cumplir el docente se encuentra que la persona con la cual conviva tiene que ser:

a) Un hijo menor de doce años

b) Una persona que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo y no desarrolle actividad retribuida

En el caso de reducciones del 50%, el horario concreto en que se tenga que disfrutar la reducción de jornada se tiene que acordar con la Dirección del centro, de forma que se concilie el derecho al goce de la reducción con las necesidades de atención al alumnado.

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