El Tribunal Constitucional considera que el recorte salarial decretado en mayo de 2010 por el Gobierno para los empleados públicos no vulneró derechos fundamentales como el de la negociación colectiva, como planteó la Audiencia Nacional en octubre del año pasado.
En un auto, los magistrados del Constitucional han rechazado admitir a trámite la primera cuestión de inconstitucionalidad que planteó por este asunto la Audiencia Nacional, al coincidir con el Ministerio Fiscal en que es «notoriamente infundada».
El máximo garante de la Constitución Española explica que «es el convenio colectivo el que debe respetar y someterse no solo a la ley formal, sino, más genéricamente, a las normas de mayor rango jerárquico y no al contrario».
Así, concluye que el decreto ley, que implicó que los convenios colectivos de las empresas públicas fueran reformados para introducir una bajada del 5 % en los salarios, no vulneró el derecho a la negociación colectiva porque la intangibilidad o inalterabilidad del convenio colectivo no es uno de sus «elementos esenciales».