El Tribunal Supremo ha estimado el recurso del exdirigente de ETA Javier García Gaztelu, «Txapote», contra el auto de la Audiencia Nacional que acumuló sus condenas y estableció en 40 años de cárcel el límite máximo de cumplimiento y ha ordenado a ese tribunal que dicte otro donde el límite sea de 30 años.
En una sentencia notificada hoy, el Supremo explica que la ampliación de treinta a cuarenta años como límite máximo de cumplimiento efectivo fue establecida mediante la Ley Orgánica 7/2003, pero que para los delitos anteriores a esa reforma legal sigue siendo de aplicación el límite anterior.
La Audiencia Nacional acumuló las diez condenas que pesaban sobre «Txapote», dictadas todas ellas por sumarios incoados entre 1995 y 2002, y estableció el límite de cumplimiento en cuarenta años de cárcel, lo que motivó el recurso del preso etarra, que recibió el respaldo de la Fiscalía.
El Supremo dice ahora que, aunque la Audiencia no detalló en su resolución la fecha de comisión de los delitos, sí reflejó la de incoación de los sumarios «y resulta de ellos que se trata de sumarios incoados entre 1995 los más antiguos y 2002 el más reciente».
«Siendo una obviedad que los hechos necesariamente eran anteriores a la fecha de incoación de los sumarios, resulta también evidente que todos ellos sucedieron cuando no había entrado en vigor la reforma de la Ley Orgánica 7/2003», añade el tribunal, que ordena a la Audiencia dictar un nuevo auto «en que se fije el límite de cumplimiento de las penas acumuladas en treinta años».
«Txapote» ha sido condenado, entre otros hechos, por los asesinatos de los concejales del PP en el País Vasco Miguel Angel Blanco, Gregorio Ordóñez y José Ignacio Iruretagoyena y por el del dirigente socialista Fernando Buesa.