Los consumidores con potencias contratadas inferiores o iguales a 15 kilovatios (kW) -fundamentalmente hogares y pymes- volverán a recibir, a partir de abril, los recibos de la luz cada dos meses y basados en lecturas reales.
Sin embargo, los usuarios que deseen mantener la facturación mensual, por la que una de cada dos lecturas es estimada, podrán hacerlo siempre que lo soliciten de forma expresa, según el real decreto aprobado por el Gobierno en diciembre y publicado hoy en el BOE.
De acuerdo a esta normativa, la facturación de los consumidores acogidos a la tarifa de último recurso (TUR) con potencias inferiores a 15 kW se realizará en base a lecturas reales y cada dos meses, con la excepción de aquellos que cuentan con equipos de telemedida, que lo harán mensualmente.
Sin embargo, mediante un acuerdo expreso entre el usuario y la compañía, los consumidores pueden decidir continuar con la facturación bimensual o establecer una cuota fija mensual.
El mecanismo de medida y facturación para los clientes que contratan su suministro en el mercado libre será similar, aunque con las particularidades propias de esta modalidad, en el que la que no hay una tarifa integral sino dos componentes: peajes y energía.
La lectura se hará cada dos meses como máximo y mensualmente para aquellos que disponen de equipos de telemedida, aunque también podrá establecerse una cuota fija mensual si así lo acuerdan las partes.
Para facilitar que las facturaciones se hagan sobre los consumos reales, los usuarios podrán aportar la lectura de su contador en el caso de que al distribuidor le sea imposible hacerla, y será necesaria, al menos, una regularización anual.
El real decreto también establece que la Dirección General de Política Energética y Minas podrá establecer «el contenido mínimo obligatorio y un formato tipo voluntario» de las facturas, así como el procedimiento para estimar los consumos cuando sea necesario.