El Tribunal Supremo (TS) ha declarado el derecho de una niña a recibir la educación infantil como lengua vehicular en castellano tras analizar recursos contencioso-administrativos presentados por la Generalitat y, por otro lado, por los padres contra sentencias anteriores.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) había dictado el derecho de los padres a que su hija reciba las clases también en castellano como lengua vehicular y exigió a la Generalitat que adoptara las «medidas necesarias» para adaptar el sistema de enseñanza, como recuerda ahora la sentencia de la Sala Tercera del TS.
Ahora, el TS también confirma el derecho de los niños de educación infantil a recibir la enseñanza en la lengua pedida por los padres, y declara que el modelo oficial de preinscripción en educación infantil ha de preguntar por la lengua habitual a los padres o tutores de los niños escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos.
Después de que el Tribunal Constitucional (TC) considerara que el castellano también es «lengua vehicular de la enseñanza en Cataluña junto con el catalán», se ha producido un goteo de sentencias en los últimos meses.
El Supremo recuerda que el TC, siendo consciente de que la lengua propia de Cataluña es el catalán, dice que el castellano también es cooficial y que, según la Constitución «todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla».