El Tribunal Supremo (TS) ha planteado al Tribunal Constitucional (TC) una cuestión de inconstitucionalidad sobre la supresión a los empleados públicos de la paga extra de diciembre de 2012 al estimar que pudo vulnerar la prohibición de retroactividad de las leyes.
La decisión del pleno de lo Contencioso Administrativo del Supremo, que ha adoptado por unanimidad con el visto bueno de la Fiscalía y en contra de la Abogacía del Estado, deriva del recurso de un funcionario adscrito al Constitucional que demandaba la devolución de la parte proporcional de su extra de Navidad generada entre el 1 de junio y el 14 de julio y que cifra en 769,44 euros.
Los magistrados, que ya adelantaron su fallo el pasado marzo, aclaran que no dudan de la constitucionalidad de la medida «en sus efectos futuros, pero se ve obligada a hacerlo en sus efectos retroactivos o retrospectivos», es decir, que la supresión de la extra por decreto con efectos del 15 de julio afectó a derechos retributivos generados desde el 1 de junio de 2012.
En el sector público la paga extra de junio se corresponde con el periodo trabajado desde el 1 de diciembre anterior hasta el 31 de mayo, en tanto que la de diciembre se devenga entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.
Josep Miquel: Yo tengo otras coas que hacer que comparar curriculums; cada uno tiene los suyos y punto. Si yo emplease los mismos "adjetivos calificativos" hacia su persona, seguro que no le gustarían. Evidentemente, no lo haré. Sacar a un demonio como Hitler y compañía para compararlos con mallorquines pacíficos y honrados es, además de una estulticia, una canallada propia de descebrados. Se lo voy a poner blanco sobre negro: lo que yo he conseguido en mi vida ha sido todo gracias a mi trabajo. A mi nadie me da pan o techo. A ver si se lo mete en la cabeza de una vez por todas. Efectivamente, salió "sistaxis" cuando debí haber escrito "sintaxis". Esto es un "lapsus cálami", lo suyo es otra cosa. Por cierto, yo escribo CUANDO y no CUNDO.