El Consejo de Ministros aprobará previsiblemente hoy el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal y el proyecto de ley de mutuas, por el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral injustificado.
En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común desde el primer día de la baja y formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica «motivada».
Además de la reducción del absentismo, el proyecto de ley de mutuas persigue otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su gobernanza y transparencia.
En el anteproyecto de ley de mutuas que aprobó el Gobierno en diciembre pasado y que ahora vuelve al Consejo de Ministros como proyecto de ley -con algunos cambios respecto a lo inicialmente planteado- se establece el cambio de la denominación actual de estas entidades (mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), que pasarán a llamarse mutuas de la Seguridad Social. La razón de esta modificación, según alega el Gobierno, es que su ámbito de gestión va más allá de las prestaciones derivadas de las contingencias profesionales.
La norma contempla además que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a las correspondientes del sector público y facilita la colaboración entre comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos «ociosos» de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud. Según Empleo, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.
Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta propia (en 2012 el 80% de las solicitudes fueron rechazadas). En este sentido, se simplificarán los trámites administrativos, con requisitos más realistas para acceder a la prestación.
La nueva regulación sobre las mutuas modernizará el funcionamiento y la gestión de las mutuas, garantizando la transparencia y su eficacia, al tiempo que contribuirá a la sostenibilidad del sistema de Seguridad Social. El texto unifica además la regulación de las mutuas que o bien era dispersa o inexistente.
Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000 autónomos.
En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más de 131 millones por cese de actividad.
DECRETO DE IT.
Asimismo, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar hoy el Real Decreto sobre Incapacidad Temporal (IT), cuyo objetivo es avanzar en la mejora de la gestión y seguimiento de los procesos de IT y simplificar al máximo los trámites.
Para ello, se sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación -de periodicidad semanal- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos, en atención a su duración prevista, con distinta periodicidad en la expedición de los indicados partes.
A tal fin, se tomará como referencia una tabla orientativa de duración estimada de la IT del trabajador en función de su patología, edad, la repercusión de la dolencia que causó la incapacidad sobre su puesto de trabajo, etc. Esta información no es vinculante, sino de naturaleza informativa.
En la práctica esto se traduce en que un trabajador que vaya a estar de baja durante un periodo prolongado de tiempo no tendrá que acudir cada semana a confirmar la baja, sino que el médico le irá dando cita en función de las tablas orientativas establecidas.
Según Empleo, esta medida ahorrará tiempo a los trabajadores y familiares, ya que sólo acudirán a su médico de atención primaria a recoger el parte de confirmación por IT cuando sea necesario, y simplifica la burocracia de los Servicios Públicos de Salud, haciendo que el seguimiento de la IT sea un proceso menos gravoso.
En esta línea de ahorro de trámites, se plantea suprimir el informe médico de maternidad cuando la madre inicia la baja y que ahora se exige para que pueda comenzar a disfrutar de su tiempo de descanso y de la prestación. La acreditación del nacimiento del hijo -partos naturales- se conocerá mediante la conexión informática de bases de datos con el Registro Civil, con lo que el requisito del informe desaparece.