El pasado 11 de noviembre se publicaba en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto 971/2020, por el que se modificaba el Reglamento General de Conductores y que entró en vigor al día siguiente de su publicación. Esta nueva normativa introduce modificaciones en el Reglamento, así como cambios a la hora de obtener el carné de conducir.
En este sentido, los exámenes y pruebas para obtener la licencia de conducir incluyen importantes novedades a tener en cuenta para quienes quieran sacarse el carné este próximo año.
Una de las medidas más relevantes del decreto es que incluye una serie de modificaciones para la realización del test teórico de conducir. Respecto a la duración de las pruebas, se plantea ampliar el tiempo ya que se procederá a introducir vídeos en algunas de las preguntas teóricas.
"El tiempo destinado a la realización de las pruebas de control de conocimientos a las que se refiere el artículo 47 será de 1 minuto por pregunta. Este tiempo podrá ser ampliado proporcionalmente al tiempo de duración de los vídeos. Igualmente este tiempo podrá ser ampliado en casos de necesidades especiales del aspirante debidamente justificados", detalla el decreto.
Por otro lado, cambia la calificación de las pruebas y el porcentaje de error. De esta manera, "para ser declarado apto en las pruebas de control de conocimientos, los errores cometidos no serán superiores al 10 por 100 del total de preguntas formuladas". Por tanto, los errores permitidos no podrán ser superiores a tres fallos por 30 preguntas en el permiso B y dos fallos en los permisos C y D.
En cuanto a los plazos entre pruebas en el caso de suspenso, «cuando el aspirante no supere la prueba de que se trate en dos convocatorias, entre la segunda y la tercera mediará un plazo mínimo de 10 días». Entre las sucesivas convocatorias, el plazo mínimo será de 15 días.
Otro aspecto fundamental de la nueva normativa es que especifican los equipos de protección obligatorios que deben llevar los aspirantes que se examinen para la obtención del carné de moto. De esta forma, para obtener los permisos de conducir en las categorías AM, A1 y A2, el equipo necesario será el siguiente: casco homologado; guantes; chaqueta y pantalones concebidos y fabricados para usarlos para montar en motocicleta, provistos de las correspondientes protecciones, y botas de cuero o material sintético similar que proteja de forma correcta el tobillo.
Además, podrán verificar también que el aspirante lleve «las correcciones, prótesis o adaptaciones que correspondan, en caso de que fueran necesarias, y que estas son adecuadas».