La respuesta a este dilema aún no está clara. A la espera de que la nueva Ley de Bienestar Animal se apruebe en el Senado las dudas sobre su alcance continúan surgiendo. El foco está puesto en un pequeño detalle: la posibilidad de sancionar hasta con penas de prisión a quien mate animales vertebrados no domésticos, entre los que se encuentran las ratas. El nuevo marco jurídico contempla para este caso hasta año y medio de cárcel y multas de 50.000 euros.
«Hablamos de cuestiones de salud pública. Un roedor en una casa puede causar enfermedades, o morder a tu hijo o a tu perro. Hay que proteger a los animales, pero razonadamente», comenta Gema Calahorra, vicepresidenta de la Sección de Bienestar Animal del Colegio de Abogados de Zaragoza en declaraciones recogidas por el Heraldo.
«También hay que pensar que no es lo mismo matar a un roedor por motivos de higiene o salubridad que hacerlo descuartizándole o disparándole delante de un menor. Acción que sí conllevaría penas graves por contar con dos agravantes», dice Gema Calahorra.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que esta nueva ley, según explica, impone sanciones administrativas; lo que significa que sería un tribunal quien debería decidir una condena penal, y que en este caso debería prevalecer el sentido común.
También detalla Calahorra este viernes que en cuanto a si la muerte del animal vertebrado se realiza en el marco de una actividad regulada, como el caso del control de plagas, «destacar que este casos quedaría excluida como delito», tal y como queda expresado en la nueva Ley de Bienestar Animal.