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Editorial

Suspensión de licencias caprichosa en Cas Mut

El Ayuntamiento de Eivissa decretó el día 12 de noviembre una suspensión de licencias durante un año en la zona conocida como Cas Mut, según explicó, con el objetivo de evitar continuar dando permisos en base a los parámetros urbanísticos del PGOU de 1987. Hoy publicamos que los propietarios de dicho sector ofrecieron motu propio al Consistorio en 2015 firmar un convenio urbanístico para que en la zona no se aplicara la edificabilidad que establecía el anacrónico PGOU en vigor y que, entre otras, permite hasta tres alturas y se aplicara el anulado por la justicia.

Sin respuesta municipal.
Según relatan desde la Junta de Compensación, el equipo de gobierno acogió de forma positiva la oferta. No en vano, suponía aplicar los criterios del gobierno de Ruiz. Sin embargo, la respuesta no llegó hasta el pasado mes de noviembre y lo hizo con una suspensión de licencias que ha de ser calificada de caprichosa y que se debió haber evitado. En una reunión mantenida hace dos semanas, los propietarios aseguran haber reiterado su oferta de convenio urbanístico en base a los parámetros de 2015, lo que evitaría a las partes el litigio que se avecina, toda vez que los propietarios ya han presentado un recurso de reposición ante la decisión del Pleno del Ayuntamiento de Eivissa. En él, se relatan una serie de carencias en la tramitación de la paralización, como la falta de un informe jurídico, y se advierte de la irregularidad que supone decretar otra suspensión de licencias, a pesar de no haber transcurrido cinco años desde la anterior.

Riesgos y daños evitables.
El Ayuntamiento, tal como admitió la concejal Elena López, está incurriendo en riesgos de indemnizaciones y los propietarios están viendo lesionados sus derechos, al no poder edificar en una zona consolidada y con muchas licencias otorgadas. La firma del convenio que devolviera la edificabilidad a parámetros más cercanos a la sensibilidad actual permitiría resolver esta cuestión de forma amistosa y evitar una posible sentencia indemnizatoria, con lo que las dos partes saldrían beneficiadas y ninguna perjudicada.

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