La decisión de Autoridad Portuaria de prohibir las operaciones simultáneas de atraque y desatraque de los barcos que operan entre Ibiza y Formentera por motivos de seguridad es acertada y, como no puede ser de otra manera en tanto que se incrementa las garantías, merece ser aplaudida. No obstante, hay que aclarar que son los propios capitanes de los barcos los primeros interesados en garantizar la seguridad propia, del resto de la tripulación y de los pasajeros y que no se ha producido, afortunadamente, ningún episodio que permita calificar las operaciones que se venían realizando sin dicha prohibición como peligrosas, a pesar del elevado tráfico de barcos de línea entre ambas islas. Según publicamos hoy, los cambios en la operativa han sido imperceptibles en las dos primeras jornadas de implantación y las navieras ya han anunciado que no reducirán los enlaces.
Otro fin.
De todo ello, se deduce que Autoridad Portuaria ha tomado esta decisión con el único objetivo de tratar de dar cumplimiento al mandato político de reducir el tráfico en es Freus. El entonces presidente del ente, Joan Gual de Torella, el Govern y el Consell de Formentera anunciaron el verano pasado una reducción del 30 % en el número de frecuencias por motivos medioambientales. La realidad, sin embargo, es que la propia Autoridad Portuaria ha asegurado que carece de instrumentos legales para ello, lo que convierte aquel anuncio en otra promesa más no cumplida de la clase política.
Intereses contrapuestos.
Existe unanimidad en Formentera en la necesidad de reducir las frecuencias, posición que es lógica con numerosos barcos que salen prácticamente a la misma hora con bajas ocupaciones. La liberalización del mercado que marca la Unión Europea obliga a garantizar y fomentar la competencia para favorecer a los consumidores. Son, pues, intereses contrapuestos que todavía no han podido ser armonizados. Los responsables de la nueva compañía (FRS) pidieron un concurso público para regular el tráfico y la diputada de Gent per Formentera, que se aplique la ley autonómica.