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Editorial

Infracciones que pueden ser delito

La Dirección General de Tráfico ha propuesto como delitos circular con una doble tasa de alcohol y castigar la temeridad de un conductor que supera en 60 kilómetros el límite de velocidad o sin permiso de conducción. Si prospera la propuesta presentada ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso, aquellos conductores que sobrepasen los nuevos límites pueden tener penas de cárcel, convertirse en delincuentes y tener antecedentes penales.

Es la última solución encontrada por Tráfico ante datos tan espeluznantes como la muerte de diez personas diarias en España por accidentes de tráfico. Lo que parece razonable es que en cualquier cambio de legislación prime, ante todo, la integridad y seguridad de las personas, aunque para ello un conductor deba convertirse en un delincuente a los ojos de la sociedad. Está claro que determinadas conductas circulatorias deben penalizarse por la vía administrativa, pero en otros casos no es suficiente un simple multa (por muy cuantiosa que sea). Es necesario abandonar la idea que se tiene de cierta impunidad hacia el conductor temerario e igualar la desproporción existente entre la falta cometida y el posible daño a un tercero.

Tráfico quiere reducir los más de 3.300 muertos que hubo en las carreteras en 2005. La «temeridad manifiesta» recogida en el actual Código Penal sin apenas definición ya tiene nombre y apellidos. A partir de ahora, si prospera la propuesta, no hará falta demostrar que un conductor ha puesto en peligro la integridad física de las personas, tal y como se exige en la actualidad. La demostración vendrá implícita en el exceso de velocidad, el consumo de alcohol y la falta de permiso en la conducción. Un conductor deberá pensárselo dos veces si no quiere ir a prisión.

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