Los principales grupos políticos con representación en el Congreso de los Diputados han acordado modificar el ámbito competencial de los jueces en la aplicación de la jurisdicción universal "contemplada en el vigente Código Penal", limitándolo a aquellos delitos en los que estén afectados ciudadanos e intereses españoles. En estos momentos se encuentran en trámite diversas causas abiertas en la Audiencia Nacional contra países como China, Israel o Estados Unidos.
La medida, a la que se oponen la mayoría de los jueces de la Audiencia Nacional, trata de imponer cierta lógica en las actuaciones judiciales de España, algunas de ellas motivadas más por un voluntarismo en la tramitación de las denuncias que por las posibilidades reales de enjuiciar los hechos. Tratar de sentar en el banquillo a los responsables de la represión palestina por parte de Israel, o juzgar la inseguridad jurídica y la falta de respeto a los derechos humanos en China que desemboca en una masiva aplicación de la pena de muerte, por citar algunos ejemplos, desde el entramado judicial de España es un sinsentido.
Desde la II Guerra Mundial existen organismos internacionales, en especial la Corte Penal Internacional, creada bajo el amparo de las Naciones Unidas, que cubre la necesidad de perseguir las violaciones de los derechos humanos y condenar a sus responsables. Este tribunal es, en principio, el encargado de recibir las denuncias e iniciar su tramitación con todas las garantías legales. Es por tanto un error plantear que España quiere dejar sin amparo todas estas cuestiones; en todo caso se ha optado por el posibilismo y la racionalidad en la intervención judicial de la Audiencia Nacional fuera de nuestras fronteras.