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Transporte

Un total de 10 personas superan el examen para obtener el permiso de conducción de taxi en Formentera

En abril se hará una segunda prueba

Examen celebrado el pasado lunes.

| Ibiza |

El 100% de los aspirantes a taxista que se presentaron a la prueba este lunes para obtener el permiso de conducción de taxi aprobaron el examen. En concreto, según han señalado desde la Conselleria de Movilidad, se habían inscrito 13 personas a esta primera convocatoria, pero tres de ellas quedaron fuera por no presentaron toda la documentación. Los 10 que sí hicieron el examen lo aprobaron.

Cabe recordar que el próximo 12 de abril habrá una segunda convocatoria para obtener el permiso de conducción de taxi. Los interesados podrán inscribirse a partir del 25 de marzo y durante cinco días hábiles a contar después de esa fecha.

Podrán optar al permiso de conductor local las personas que reúnan los siguientes requisitos:

• Tener la nacionalidad española, de un estado de la Unión Europea, o de otro estado extranjero los ciudadanos del cual, en virtud de tratado internacional, se equiparen a los ciudadanos españoles a los efectos contemplados en estas bases.

• Tener certificado de escolaridad, certificado de estudios primarios u otro título superior a este. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, el aspirante tendrá que presentar original o fotocopia compulsada de la credencial que acredite su homologación, o bien original o copia compulsada de la credencial para el ejercicio de la profesión correspondiente.

• Tener un certificado, título o diploma acreditativo de conocimientos básicos de la lengua catalana. En caso de no tenerlo se tendrá que superar una prueba de lengua catalana.

• Los aspirantes que sean extranjeros de países de habla no castellana, además de los documentos anteriores, tendrán que aportar fotocopia del diploma superior de lengua castellana - español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedido por las escuelas oficiales de idiomas conforme al Real Decreto 1137/2002, de 31 de octubre y, en el supuesto de que no lo tengan, será requisito que superen una prueba específica de estos conocimientos convocada por la corporación local correspondiente, de acuerdo con la anterior normativa.

• Certificado de capacidad física y psicológica.

• Certificado de no tener antecedentes penales.

• Certificado expedido por la Jefatura provincial de tráfico, en el cual se acredite que el interesado no ha sido sancionado por resolución firme en los dos últimos años por las infracciones calificadas cómo muy graves.

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