«No hubo cambio de inscripción en ninguno de los casos. Algunos de los reclamantes alegaban que estaban inscritos en algún municipio, pero era falso. Lo que se produjo fueron altas en el censo por omisión, porque de lo contrario, no habrían podido votar». Así se expresó ayer el delegado de la Oficina de la Oficina del Censo Electoral en Balears, Juan Pons, al comentar la petición formulada por el PSIB-PSOE de que el Censo Electoral investigue el cambio de domicilio de inscripción 24 ciudadanos argentinos una vez convocadas las pasadas elecciones autonómicas en Formentera.
Todos ellos, aparecieron inscritos en esa localidad, según un hecho probado y que recoge el auto de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB). Pons no quiso entrar a valorar el contenido de un auto del TSJB, pero insiste en que fueron altas «por omisión» y que en ningún momento se hizo un cambio en el municipio de inscripción. «No niego nada, digo lo que sucedió. Es verdad en algunos casos, estos reclamantes decían que estaban inscritos en algún municipio, pero era falso. Si a esos señores no les damos de alta en el censo electoral, se habrían quedado sin votar», afirmó. Pons dijo: «Esta delegación no hizo ningún cambio en el municipio de inscripción en las reclamaciones del período electoral de 1999».
Los máximos responsables de la Delegación de la Oficina del Censo Electoral de Balears se reunieron ayer para abordar este tema. «En las elecciones no se hizo ningún cambio en el municipio de inscripción. Se dieron de alta por omisión, no estaban censados, es decir, no estaban dados de alta», indicó el delegado de la Oficina del Censo Electoral en Balears. El auto dictado por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) dedica varios párrafos a lo que califica de «coincidente inscripción en el municipio de Formentera».
«No se comprende, en defecto de plan, la 'coincidente' inscripción en el municipio de Formentera de dichas personas y menos se comprende, en particular, el 'mayor arraigo' que pudieran tener en el mismo aquellos residentes en Argentina, nacidos en Eivissa, e inscritos en Eivissa (folios 175 y 176 de la causa de Eivissa), o el nacido en Mallorca e inscrito en Llubí, o el nacido en Barcelona e inscrito en esta ciudad, so pretexto del 'mayor arraigo' en Formentera lograron, en definitiva, inscribirse en este municipio», señala el auto, del que fue ponente Antoni Capó.