La versión definitiva del Plan Territorial Insular (PTI), que se aprobará el lunes en pleno, prevé la posibilidad de que se puedan acabar las construcciones iniciadas en suelo rústico con licencia concedida antes de la entrada en vigor de la Ley 10/1990 de Disciplina Urbanística. El texto inicial del PTI, aprobado el pasado 31 de julio, contemplaba, en cambio, que los ayuntamientos tenían la obligación de declarar «la extinción de sus efectos».
La Disposición Adicional 8 del PTI establece ahora que las edificaciones iniciadas (se verificará con fotografía aérea de 2002) que cumplan las condiciones mencionadas podrán terminarse. En el caso de que las construcciones se encuentren en zonas donde el uso de vivienda esté prohibido, la Comisión Insular de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio Histórico-Artístico (CIOTUPHA) podrá autorizar la continuación de las obras en función de su «impacto territorial».
La Ley de Disciplina Urbanística, que entró en vigor en 1990, establece que toda licencia debe prever un plazo de inicio y final de obra y que este último no puede superar los 24 meses. Transcurrido cualquiera de los dos plazos, según marca la ley, el ayuntamiento debe iniciar el expediente de caducidad de la licencia otorgada. El PTI especifica ahora que cuando entre en vigor la nueva norma territorial los promotores de viviendas inacabadas con licencia anterior a 1990 tendrán un plazo de seis meses para continuar la obra y un máximo de 24 meses para acabarla. Sobrepasados los plazos, el ayuntamiento procederá, previa audiencia del interesado, a declarar la caducidad de la licencia.
El presidente del Consell, Pere Palau, explicó ayer en rueda de prensa que el motivo por el cual se ha incluido esta disposición en la versión final del documento territorial es «muy claro»: «Hay que respetar los derechos adquiridos por las personas. Cualquier actuación en contra de los derechos de los ciudadanos puede representar un perjuicio económico para la administración».