El Grup d'Estudis de la Naturalesa (GEN-GOB) remitió un escrito el miércoles al Juzgado número 1 del Contencioso de Palma notificando la resolución del Tribunal Supremo (TS) desestimando el recurso de queja presentado por el Ayuntamiento de Sant Antoni por el caso Cretu. En el documento los ecologistas informaban al juzgado que ya no existen obstáculos procesales para proceder a la demolición y solicitaban que se prosigan las actuaciones para la ejecución forzosa de la sentencia.
En un comunicado el GEN reiteró ayer que la resolución del TS cierra la última puerta de este largo procedimiento e insistió en que esta decisión judicial «no se había dado a conocer ni se había notificado hasta ahora, y mucho menos este verano». De hecho, señala, la fecha de registro de salida del Supremo al Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) es del 9 de octubre y la de salida del TSJB ordenando la notificación a las partes, es del 14 de noviembre. Por ello considera que «es imposible que el Ayuntamiento recibiera la notificación antes incluso que el TSJB, tal y como señala Sala». «En cualquier caso, el único recurso posible de suspensión de sentencia se podía referir a la suspensión mientras se esperaba la resolución del TS, que ya se ha producido y que, de todas formas, ya se había rechazado hace unas semanas por el Juzgado de lo Contencioso», remarcó.
En cuanto a la solicitud de autorización judicial que el Consistorio de Sant Antoni ha pedido para poder entrar en la mansión para hacer el proyecto de demolición, el GEN recordó que el Consistorio es quien autorizó la construcción y, por tanto, «dispone de copia completa del proyecto, incluidos planos» con los cuales puede hacer este proyecto de derribo sin necesidad de entrar en la casa. También señaló que espera que pronto se aclaren las responsabilidades penales y patrimoniales que puedan corresponderle a los responsables de esta ilegalidad.