B. ROSELLÓ
El Ayuntamiento de Eivissa señala en las alegaciones presentadas al puerto deportivo de es Viver que la infraestructura eliminará la «calidad paisajística» sobre Dalt Vila y sobre Formentera, según el documento facilitado a este periódico. En este sentido, el Consistorio apunta que el puerto deportivo de es Viver también afectará a ala isla de ses Rates, clasificada como suelo rústico protegido en la categoría de Àrea de alto nivel de protección, las playas de la zona de ses Figueretes y Platja den Bossa y los fondos marinos «privilegiados donde se ubica una extensa pradera de posidonia en excelente estado». Por todo ello, desde el Consistorio se reclama la elaboración de un plan director de puertos, donde se regule la creación de estas infraestructuras en las zonas donde sea necesario.
Por otro lado, el documento resalta que la isla de ses Rates es reconocido en el proyecto elaborado por la sociedad Puerto Deportivo La Punta S.L. como un «elemento visual significativo de esta franja costera», que desaparecerá virtualmente del lugar al enfrentarse a un dique de abrigo de casi cinco metros de altura y casi un kilómetro de largo, situado a sólo 72 metros de distancia.
En las alegaciones, el Ayuntamiento destaca que en el proyecto se reconoce que no existe una medida correctora que permita reducir la incidencia sobre la pradera posidonia y el fondo marino salvo que se reduzca la superficie de esta instalación o se modifique su emplazamiento. Asimismo, el proyecto plantea la posibilidad de planta nuevas praderas, pero el Ayuntamiento señala que «a pesar de ser una propuesta innovadora no existe en la actualidad suficientes estudios probados científicamente que avalen la eficacia de este tipo de plantaciones manuales ni su supervivencia a corto ni largo plazo».
Por último, el Ayuntamiento de Vila hace hincapié en la apertura de dos viales para el tráfico rodado previsto en el proyecto del puerto deportivo perpendiculares a la costa. En este sentido, la administración municipal indica que uno de los viales está situado en zona de servidumbre de la ley de Costas, mientras que el otro ocupa una zona de protección.