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El Consell no ve incompatibilidad en las adjudicaciones a familiares de Palau

La ley prohíbe dar negocio a parientes de consanguinidad dentro del cuarto grado, según el Pacte

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El Consell defendió ayer a través de un comunicado del Consorci Eivissa i Formentera Emprenen la actuación del presidente Pere Palau en la adjudicación de asfaltado de caminos rurales a la empresa Islasfalto S.L., propiedad de su sobrino y participada por su hermano. Desde la máxima institución pitiusa consideran que en ningún caso «se ha producido incompatibilidad en las adjudicaciones», ya que el presidente no participa en la mesa de contratación, en la que hay cuatro funcionarios y un representante del consorcio. «Todas las adjudicaciones se han realizado con total transparencia y dentro de la más estricta legalidad en base a concurso público de libre concurrencia», dice la nota, en la que también se destaca que todos los trámites se han realizado siempre basándose en «informes de los servicios técnicos, cuyas propuestas de adjudicación se efectúan a la oferta más ventajosa» y siempre aplicando «estrictamente» la normativa vigente. «Queda demostrada la total transparencia y legalidad de las adjudicaciones», dicen desde el Consell, donde defienden además que, de las 30 obras de infraestructuras rurales adjudicadas por el consorcio, sólo cuatro han sido cuestionadas, además de que se han producido a la UTE Comasa-Islasfalto, «en la que Islasfalto sólo tiene participación». El comunicado concluye diciendo que en Eivissa existe poca oferta en materia de empresas que realicen estos trabajos y recuerda que el Pacte cuestione ahora a una empresa que contrataron en la anterior legislatura. «Resulta extraño que lo cuestionen ahora cuando estas adjudicaciones se realizaron en noviembre de 2006», concluyen. El propio Palau eludió ayer las preguntas de los periodistas alegando que no tiene nada que esconder.

Por otro lado, el Pacte recordó que el artículo 28 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas establece que los miembros de uns institución pública deben abstenerse en caso de concurso si tienen «parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado».

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