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Tesoros sumergidos

Entran en vigor los planes de gestión de los islotes como Lugares de Interés Comunitarios

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Esta semana han entrado en vigor los planes de gestión de Lugar de Importancia Comunitaria (LIC) de los islotes de Ponent, Tagomago, Cap de Barbaria, la Mola, es Vedrà y es Vedranell tras su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB). Estas figuras de protección están enmarcadas en una directiva comunitaria y fueron aprobadas por el Govern el pasado 3 de marzo.

En todos estos lugares, la normativa prohíbe a partir de ahora la extracción de áridos para la construcción, así como de arena y otros sedimentos para la regeneración de playas. En este último caso hay excepciones, ya que la arena se puede conseguir de la parte sumergida «proximal» de la propia cala. «Sólo excepcionalmente en proyectos instados por las administraciones públicas se podrán efectuar extracciones en aquellas zonas del LIC en las que no se produzcan efectos apreciables en las praderas de posidonia».

En los casos de los islotes de Ponent (ses Bledes, Conillera, s'Espartar e Illa des Bosc) y es Vedrà y es Vedranell, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) aprobado en 2002 prevalecerá sobre esta normativa.

Pero en estos LIC que ahora han entrado en vigor hay más cosas que no se pueden hacer. Por ejemplo se prohibe realizar vertidos desde las embarcaciones o impulsar cualquier actividad de cultivos marinos. Se establecerá asimismo un período de veda para la pesca y si se quieren tomar muestras biológicas con finalidades científicas o educativas se tendrá que pedir autorización a la dirección general de Biodiversidad del Govern balear.

Lo que no está tan regulado es el fondeo de los barcos, ya que es «libre condicionado», lo que significa que en el área se puede echar el ancla libremente teniendo en cuenta que el patrón de la embarcación tiene que vigilar y no echarla sobre praderas de posidonia.

También se permite la práctica del buceo, aunque los buceadores no podrán llevar instrumentos para pescar o extraer especies marinas. Tampoco se puede alimentar las especies y, por motivos de conservación, la dirección general de Biodiversidad podrá instar la toma de medidas de control sobre las inmersiones en las cuevas submarinas que se localicen en estos espacios LIC . Asimismo se prohibe la captura, recolección o extracción del coral rojo, además de que se deberá abrir un periodo de veda y establecer unas tallas mínimas para la captura de la cigala de mar. Está prohibida la recolección de la nacra.

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