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El Consell cree que Sant Antoni no tiene que indemnizar a Cretu porque construyó «más de lo autorizado»

La institución insular no pagará nada al promotor porque considera que no tuvo responsabilidad al otorgar la licencia

Vista aérea de la casa Cretu durante su derribo.

| Eivissa |

La comisión de Urbanismo y Patrimonio del Consell (Ciotupha) aprobó ayer un informe jurídico y técnico en el que se concluye que la institución insular no tuvo ninguna responsabilidad en el otorgamiento de la licencia ilegal de la casa Cretu, que fue demolida recientemente por orden judicial. El Ayuntamiento de Sant Antoni había solicitado al Consell que se pronunciase sobre la posibilidad de compartir los costes de la indemnización que ahora demanda el músico rumano argumentando que, en su día, la institución insular emitió un informe favorable para la edificación de la casa.

El informe también introduce otra fundamentación jurídica que puede ser muy útil al Ayuntamiento, ya que considera que la Administración no tiene que indemnizar si existe alguna «negligencia grave imputable al perjudicado». Tanto las leyes como una amplia jurisprudencia indican que sólo es necesario pagar cuando se anula una licencia en caso de que el promotor haya ejecutado la obra conforme al permiso otorgado, algo que no se produjo en el caso de Cretu porque construyó mucho más de lo permitido.

El conseller de Política Territorial, Miquel Ramon, explicó que de la lectura del informe se desprende que la indemnización que debe pagar el Ayuntamiento «no es, ni de lejos, la que pretenden los promotores» debido a que se edificó mucho más de lo que decía la licencia.

Proyectos «falseados»

De hecho, Ramon asegura que los promotores «falsearon» los proyectos para cumplir los parámetros mínimos, pero se aprecia que desde el principio llevaban la idea de ejecutar una obra que finalmente se hizo. «Este informe le puede ser de gran utilidad al Ayuntamiento a la hora de hacer frente a la demanda de indemnización», añadió Ramon, que indicó que por ello habían invitado a un representante del Consistorio a la comisión de ayer para que pudieran hacer consultas a los técnicos. «Cuando se ha engañado y se ha hecho una obra muy diferente el promotor no puede pedir que se le indemnice», añadió Ramon, que ha pedido también al Consistorio poder formar parte del expediente para estar informados y «colaborar en lo posible».

En el informe jurídico, el Consell rechaza tener responsabilidad compartida porque el informe favorable que emitieron en su día se limitaba a determinar si existía o no riesgo de formar un núcleo de población y si los terrenos tenían la superficie mínima exigida en la normativa urbanística. De este modo, al Consell «no le correspondía verificar la legalidad del emplazamiento» respecto a la Ley de Espacios Naturales (LEN). «No puede entenderse, como pretende el Ayuntamiento, que la intervención del Consell en el procedimiento para obtener la licencia supla la actuación municipal», indica el informe jurídico de la Ciotupha, que también recuerda que la vivienda autorizada por el Consell era muy diferente a la licencia que luego dio Sant Antoni. De hecho, varió incluso la superficie y la forma de la parcela, ya que en el anteproyecto autorizado por la institución insular ésta tenía 75.000 m2 y en el proyecto aprobado por el Ayuntamiento era de 102.860 m2.

Tampoco considera el Consell que tenga que pagar ni un céntimo de la indemnización por la emisión de dos informes solicitados en su día por Sant Antoni. En ambos no se entraba en las cuestiones que provocaron la nulidad de la licencia, que eran que la vivienda se construyó en la cima de una montaña inedificable, su impacto visual y la necesidad de obtención de una previa declaración de interés general para el estudio de grabación. Sobre todas estas cuestiones ya habían alertado repetidas veces los ecologistas, pero el Ayuntamiento no preguntó por ellas.

Edificó tres veces más de lo que decía el permiso

El exhaustivo informe elaborado por el Consell recuerda que la casa Cretu tenía una superficie de 2.490 m2, lo que excede en 3,27 veces lo autorizado, que era de 760,12 m2.

De esta forma, había una planta baja de 1.100 m2, una planta piso de 133, una nueva planta de subterráneo y semisubterráneo de 973 m2 y 282 m2 de anexos de la piscina.

Sobre la zona del nuevo dormitorio se hizo una cubierta ajardinada con claraboyas. Así, en las fotografías tomadas durante el transcurso de las obras se observaban claraboyas en el techo cuando se suponía que, según el proyecto autorizado, dentro no había más que tierras.

También se variaron los niveles de espacios exteriores y hay modificaciones del proyecto en numerosas estancias.

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