La Dirección General de Consumo del Govern ha sancionado con 104.000 euros al Banco Santander, CajaMadrid (Bankia) y BBVA, por la inclusión y permanencia de cláusulas abusivas en sus contratos, tal y como había denunciado en mayo de 2010 la Asociación de Consumidores de las Islas Baleares (ACUIB).
En un comunicado, la ACUIB ha mostrado su «satisfacción» por el hecho de que la Dirección General de Salud y Consumo haya acordado multar al Banco Santander con 54.000 euros por la comisión de seis infracciones; a CajaMadrid (BANKIA) con 17.000 euros por la comisión de tres infracciones y al BBVA con 33.000 por la comisión de siete infracciones de los derechos de los consumidores y usuarios.
La citada entidad ha recordado que el Tribunal Supremo en una sentencia de 17 de noviembre de 2009 en una demanda interpuesta por la Organización de Consumidores y Usuarios OCU declaró el carácter abusivo de diferentes condiciones generales incluidas en los contratos de las entidades inicialmente demandadas BBVA, Bankinter, Caja Madrid y Banco Santander.
Así, ha apuntado que desde que el Tribunal Supremo dio la razón a la OCU al estimar que muchas de las cláusulas señaladas por la OCU eran abusivas «no tan sólo las entidades demandadas deberían de haberlas suprimido de sus contratos de inmediato, sino también cualquier otra que utilizara las mismas».
No modificaron sus cláusulas
Sin embargo, ha criticado que, a pesar de los efectos de la citada sentencia, las entidades no modificaron sus cláusulas de los contratos y, además, ha añadido que ACUIB consideró que «no bastaba una modificación posterior sino que, como ocurre en el reto de los sectores cuando llevan a cabo actuaciones contrarias a la normativa, debían ser sancionadas por haber aplicado durante años en sus contratos de manera voluntaria y premeditada cláusulas que habían sido reconocidas como abusivas por los Tribunales».
En este sentido, ha remarcado que «lo correcto, lo legal y jurídicamente exigible es que si las entidades financieras, las demandadas en el procedimiento y las otras, decidieron de manera voluntaria, siendo plenamente conscientes, aplicar unas cláusulas abusivas, debían responder de su decisión y ser sancionadas por aplicarlas, mucho más después de que algunas de ellas habían sido declaradas nulas en la Sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 44 de Madrid de septiembre de 2003 y, sin embargo, fueron mantenidas durante los seis años que duró el procedimiento hasta acabar con la Sentencia del Tribunal Supremo».
Por otro lado, ACUIB ha esperado que las sanciones del Govern sirvan de «mensaje a las entidades financieras de que su impunidad ha acabado», al tiempo que ha deseado que sean más las entidades que finalmente sean sancionadas y no sólo las tres indicadas, dado que «la denuncia se planteó inicialmente contra 11 entidades, así como contra cualquier otra que aplicara dichas cláusulas».