La magistrada del Juzgado de Primera Instancia 46 de Barcelona ha levantado la prohibición a los medios de comunicación de difundir los correos electrónicos personales de Iñaki Urdangarin, por los que el Duque interpuso una demanda por vulneración de su derecho a la intimidad.
En el auto, la juez estima el recurso presentado por las siete empresas de comunicación demandadas por Urdangarin oponiéndose a las medidas cautelares acordadas, y se levanta la prohibición de difundir los mails, aunque no para el exsocio de Urdangarin, Diego Torres.
La juez considera que «no se han concretado suficientemente las razones por las que debe limitarse el derecho de información a estos medios y no a otros y por ello estima que la medida solicitada en relación con los medios de comunicación demandados es incierta e ineficaz por cuanto no garantiza que los correos íntimos no se difundan».
No obstante, respecto a Torres, considera que pese a que ha declarado que no tiene ningún correo y nunca ha tenido intención de publicarlos, «es evidente que dispone de los mismos» y que puede acceder a ellos tal y como ha quedado demostrado durante la instrucción del caso Nóos.
Por ello, «en prevención de que pudiera decidir filtrarlos a cualquier medio de comunicación y con ello frustrar la protección de la intimidad que se peticiona en la demanda principal, no procede lzar la medida frente a este codemandado», resume la juez.
La medida cautelar de prohibir la difusión de los correos se adoptó el 15 de abril de 2013 a petición de Urdangarin, que presentó una demanda contra siete empresas de comunicación y contra Diego Torres porque creía que en un breve periodo de tiempo iban a publicar correos íntimos con cuestiones personales y familiares.
Cinco de estos medios se opusieron a la medida amparándose en la preeminencia del derecho a la información sobre el de la intimidad, ante la personalidad pública del Duque, alegando que no pudo probar que tenían los correos cuya publicación quería evitar y porque podía haber censura previa.
No fueron los únicos
Tras analizar las alegaciones de los medios, la juez considera que han podido probar que ellos no fueron los únicos que durante días se habían hecho eco de la existencia de estos correos y su probable difusión futura, expone el auto.
Además, considera que no se ha probado que los medios demandados tuvieran en su poder los correos ni que fueran a publicarlos en breve, por lo que según la magistrada: «No hay justificación para legitimar que unos medios de comunicación vean limitado su derecho a información y otros medios no».
El 16 de julio se celebró una vista a puerta cerrada para que las partes presentaran sus alegaciones, en la que Iñaki Urgandarin y Diego Torres se vieron las caras en un juzgado por primera vez, ya que en los juzgados de Palma siempre han comparecido en días diferentes para declarar por las irregularidades vinculadas con el Instituto Nóos.
En la vista las partes solicitaron el alzamiento de las medidas cautelares, la Fiscalía sin embargo pidió que se mantuvieran, y el propio Urdangarin reiteró su petición alegando que quería proteger su intimidad y la de su familia.