El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha dado la razón al Consell de Formentera y ha rechazado un recurso de la Diócesis de Eivissa de la Iglesia Católica sobre la clasificación urbanística de las plazas de las iglesias de Sant Ferran, de la Mare de Déu del Pilar y dos fincas de la parte trasera del templo de Sant Francesc.
En concreto, el Obispado recurrió la aprobación definitiva de las Normas Subsidiarias de planeamiento de Formentera porque calificaba estos terrenos como Espacio libre de uso y dominio público.
Estas fincas adyacentes a las iglesias están integradas dentro de los conjuntos históricos de Sant Francesc, Sant Ferran y el Pilar de la Mola y la Diócesis pretendía que la sentencia anulara su clasificación como dominio público porque son de su propiedad. También consideraba que la protección de la que disponen las iglesias debería extenderse a los terrenos en cuestión, con lo que deberían haberse calificado como Equipamiento religioso o bien como Espacio libre privado.